San Fernando de Apure, 02 de Marzo de 2.017
206° y 158°
SOLICITUD: 17-64
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ANA MARGARITA FARFAN DE SALAS.
FECHA DE ENTRADA 01 DE MARZO DE 2.017.
Vista la Solicitud Nº 17-64, presentada por la ciudadana ANA MARGARITA FARFAN DE SALAS, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.591.289, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un terreno del Municipio San Fernando, del Estado Apure, según consta en la “AUTORIZACIÓN” otorgado en este acto por la Sindica Procuradora Municipal Abg. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, El mismo consta de (267,05 MTS/cm), ubicado en la PARROQUIA SAN FERNANDO, MUNICIPIO SAN FERNANDO, BARRIO CAMPO ALEGRE CON CALLE EL GUAYABO Y CALLE EL APAMATE. CASA S-N, del Municipio San Fernando del Estado Apure. Dentro de los siguientes linderos: NORTE: CALLE EL GUAYABO, 14,12 MTS; SUR: CALLE APAMATE, 13,20 MTS, ESTE: CASA DE LA FAMILIA FARFAN, 19,54 MTS, OESTE: CASA DE LA FAMILIA OROZCO, 19,56 MTS. Una bienhechurías distribuida de la siguiente manera: PLANTA BAJA: constante de tres (03) habitaciones con columnas de concreto de 20X20 centímetros, con bloques de arcillas, frisado y mezclillado, seis (06) ventanas panorámicas con sus respectivos protectores y vidrios, techo de platabanda con tabelones de 15 centímetros y viga doble T, piso de cemento pulido, una (01), cocina empotrada, un (01) comedor, siete (07) puertas de hierro con sus respectivos protectores con tubos de 2X1, dos (02) baños, un (01) porche, un (01) tanque aéreo de agua potable de 1.500 litros, un (01) garaje, un (01) lavandero de ropa, un (01) deposito tipo dispensa, una (01) escalera de concreto armado con acceso a la planta alta y con todos los servicios básicos es decir agua potable, luz y agua servidas. PLANATA ALTA SUPERIOR: cuatro (04) habitaciones con columnas de concreto de 20X20 de bloque de arcilla frisada y mezclilladas, dos (02) baños con todos los accesorios, un (01) tanque aéreo de agua potable de 1.500 lts, una (01) cocina, un (01) balcón, una (01) sala-comedor, seis (06) puertas de hierro, piso de cemento pulido, un (01) corredor, techo de Acerolit con tubo estructural y tubo de 1X1 ½ y con todos los servicios básicos la cual tiene una area de superficie general de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCO CENTIMETROS (267,05 MTS2). Dichas bienhechurías tiene una inversión de CIEN MILLONES BOLIVARES (Bs. 100.000.000,00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana ANA MARGARITA FARFAN DE SALAS., plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
El Juez;
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.
La Secretaria Titular;
ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº ( ) al folio ( ), del libro diario.
La Secretaria Titular;
ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
Solicitud N° 17-64
FJP/MMAT/Christtian.
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