San Fernando de Apure, 27 de Marzo de 2017.-
206° y 158°

SOLICITUD: 17-89.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: REYNA M. MALDONADO V, ANGELA M. MADONMADO
V. Y MILCA L. MALDONADO. V
FECHA DE ENTRADA: 21 DE MARZO DE 2017.-

Vista la Solicitud Nº 17-89, presentado por las ciudadanas: REYNA MARIA MALDONADO VENERO, ANGELA MARIA MALDONADO VENERO y MILCA LIBRADA MALDONADO VENERO, venezolanas, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 9.868.569, 9.592.754 y 8.151.162,respectivamente quienes han solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas en un terreno propiedad de las solicitantes constante de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (264,85Mts2), según consta en documento debidamente inscrito en el Registro Publico del Municipio San Fernando del Estado Apure, bajo el Nº 2013.2926, Asiento Registral Nº 1 del Inmueble matriculado con el Nº 271.3.6.1.11830 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013, cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: Locales Comerciales de Abrahan Maldonado, en diecisiete metros con ochenta centímetros (17,80 mts); SUR: Inmueble de Sucesiones Montes, en veintiún metros con setenta y cinco centímetros (21,75 mts); ESTE: Paseo Libertador con catorce metros y cuarenta y siete centímetros (14,47 mts); OESTE: Casa propiedad de Ivan Maldonado y Victor Maldonado con once metros y sesenta centímetros (11,60 mts). En la Construcción de dichas bienhechurías se invirtieron la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs.2.514.784,70), en materiales de construcción y mano de obra, que se determina en la solicitud y mediante justificativos de testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de las ciudadanas REYNA MARIA MALDONADO VENERO, ANGELA MARIA MALDONADO VENERO y MILCA LIBRADA MALDONADO VENERO: plenamente identificadas. Se ordena devolver las resultas a las Solicitantes.-

El Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.

La Secretaria Titular
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , del libro diario.

La Secretaria Titular
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.




SOLICITUD N° 17-89.-
FJP/MMAT/af.-