San Fernando de Apure, 28 de Marzo de 2017.-
206° y 158°
SOLICITUD: 17-90.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: YULIMAR NAZARET RATTIA SEIJAS
FECHA DE ENTRADA: 22 DE MARZO DE 2017.-
Vista la Solicitud Nº 17-90, presentado por la ciudadana: YULIMAR NAZARET RATTIA SEIJAS, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.327.530, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas en un terreno propiedad de la solicitante constante de CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN METROS CON SETENTA CENTIMETROS CUADRADOS (491,70Mts2), ubicado en el barrio la Campereña I, sector 007 manzana 004, parcela Nº 14, según consta en documento de adjudicación debidamente protocolizado en el Registro inmobiliario del Municipio San Fernando del Estado Apure, bajo el Nº 004, Folio del 10 al 12, protocolo segundo, primer trimestre 2011, de fecha 15 de marzo del año 2011, cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: Calle principal de la Campereña I, con once metros (11,00 mts); SUR: Hidalgo Yelitza, con once metros (11,00 mts) ESTE: Rattia Carlos, con cuarenta y cuatro metros y setenta centímetros (44,70 mts); OESTE: Escuela Privada Virgen de Betania, con cuarenta y cuatro metros y setenta centímetros (44,70 mts. En la Construcción de dichas bienhechurías se invirtieron la cantidad de VEINTICINCO MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.25.000.000,00), en materiales de construcción y mano de obra, que se determina en la solicitud y mediante justificativos de testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana YULIMAR NAZARET RATTIA SEIJAS: plenamente identificadas. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
La Secretaria Titular
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , del libro diario.
La Secretaria Titular
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
SOLICITUD N° 17-90.-
FJP/MMAT/af.-
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