REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE


SAN FERNANDO DE APURE, 01 DE MARZO DE 2017
205° Y 156°


Visto el computo anterior, se evidencia que por error involuntario no fueron agregados a los autos el escrito de promoción de pruebas en su oportunidad legal; en consecuencia, este Juzgado para salvaguardar los intereses de las partes y la subsanación del proceso de conformidad con los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia del artículo 206 del Código de Procedimiento Civil se Repone la causa al estado de agregar el escrito de pruebas de la dra. Olga Judith de Materan.


LA JUEZA PROVISORIA,


ABG. JEANNET JOSEFINA AGUIRRE DELGADO.

LA SECRETARIA,


ABG. DALIS AGÜERO ROBALLO


Seguidamente se cumplió lo ordenado.


LA SECRETARIA,


ABG. DALIS AGÜERO ROBALLO