REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 12 de Mayo de 2.017.
206º y 157º


Exp. Nro. JMS2-1191-17.-

Visto el contenido del acta procesal de fecha 02/03/2.017, suscrita por los ciudadanos ANNY EDGARY ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº V-20.233.503 y JESUS ALESSANDRO MANZANILLA JIMENEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.725.983, quienes llegaron al siguiente acuerdo a favor NIÑA: (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de fecha de nacimiento 31/10/2016, según se evidencia en actas de nacimientos Nro.1820, de fecha 07/12/2016 de llevadas por el Registro Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, debidamente asistida por la Abg. GLENDYS CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo N° 221.008, “Ambas partes quienes llegaron a un acuerdo en relación a la OBLIGACION DE MANUTENCION y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, a favor de su hija la NIÑA: (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de la siguiente manera:” El ciudadano JESUS ALESSANDRO MANZANILLA JIMENEZ, se compromete en aportar por concepto de Obligación de Manutención por un equivalente del 40% mensuales, bono vacacional por un monto equivalente al 35% y asimismo para el mes de diciembre aportara un equivalente al 35% por motivos de gastos decembrina y en cuanto a los gatos por medicinas y consultas será sufragados por ambos padres en razón del 50% cada uno. Cabe destacar que dichos montos serán descontador directamente por el Organismo empleador del obligado alimentista el cual es Insalud-Apure, y depositados en cuenta de ahorro que este Tribunal ordene aperturar para tal fin, en este mismo acto la partes establecieron el Régimen de convivencia familiar que será cumplido por padre de la niña que no ocupa, de la siguiente manera; empecerá a partir del día sábado 14/05/2017 a partir de la 09:00am, con reintegró el dia domingo a las 09:00am, cada quince días , pudiendo el padre ver a su hija durante la semana, Es Todo”. Terminó. -Se leyó y conformes firman.-. Ambas partes solicitan se Homologue dicho Convenio.
Es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado por los ciudadanos antes mencionados, de conformidad con el artículos 358 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo se acuerda Oficiar al Organismo empleador del ciudadano JESUS ALESSANDRO MANZANILLA JIMENEZ, a lo fines de que ejecuten los descuentos antes mencionado e Igualmente se acuerda autorizar a la ciudadana ANNY EDGARY ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº V-20.233.503, para que aperture cuenta de ahorro en el Banco Bicentenario para recaba la Obligación de Manutención a favor de la Niña que nos ocupa Cúmplase. ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE. Cúmplase.-
Regístrese la presente Decisión.
Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando, a los Doce (12) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2.017).- Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-

El Juez Provisorio,
Abg. RAMON RIVA
La Secretaria

Abg. DAYAN MARTINEZ



En esta misma fecha siendo la 01:55 p.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia La Secretaria

Abg. DAYAN MARTINEZ

RR/DD/ERYS.-