PARTES: FERNÁNDEZ QUIÑONES JOHANN JESÚS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.196.048, y la Ciudadana FERNÁNDEZ ARAY LILIBETH CAROLINA Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.612.613.
MOTIVO: CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
EXPEDIENTE Nº: 1620-12.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Por recibida y vista la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la abogada VICKY RUTH VIÑA IZQUIERDO, en su condición de Defensora Publica Segunda (E) del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Apure, contentivo de CONVENIO DE REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, celebrado entre los ciudadanos FERNÁNDEZ QUIÑONES JOHANN JESÚS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.196.048, y la Ciudadana FERNÁNDEZ ARAY LILIBETH CAROLINA Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.612.613, mediante el cual solicita se le imparta la Homologación al referido convenimiento del 09 de Mayo de 2017, ante el despacho de la referida Defensoría, a favor del niño cuyo nombre se omite de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde acordaron la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de su hijo PRIMERO: El 35% del salario mensual del obligado pagaderos los últimos de cada mes a partir del mes de mayo del 2017, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorro ya existente, SEGUNDO: El 35% del bono vacacional en el mes de diciembre de cada año. TERCERO: El padre se compromete a comprar el 100% de la ropa, calzado y juguetes para el 24-12-2017 y la madre el 100% de la ropa y calzados para el 31-12-2017 con motivo de las festividades decembrinas, pero todo debe ser comprado antes del 15 de Diciembre. CUARTO: El 50% de los gastos médicos y de medicinas cuando sean requeridos por el niño a cada uno. En consecuencia, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN y procede con autoridad de cosa juzgada de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Los montos establecidos como Obligación de Manutención y Bonos Extras deberán ser aumentados en forma automática y proporcional en un 20% anualmente, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 365, 366 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Por los fundamentos antes expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EXPUESTAS, Cúmplase. Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación de manutención antes expuesta en la presente causa. Igualmente se acuerda oficiar al ente empleador Director del Cuerpo de Investigación Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Apure, ordenando los descuentos de nomina de los montos fijados anteriormente.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los dieciocho (18) días del mes de Mayo de Dos Mil diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
LA JUEZA, (FDO)
ABG. INS MARÍA ALONSO AGUILERA.
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las dos de la tarde (02:30 p.m.). Conste.-
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
IMAA/lp/jh
Exp. N° 1620-12
Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de dos (02) folios útiles son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 1620-12, Biruaca, 16 de Mayo del 2017.
EL SECRETARIO
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
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