SOLICITANTES: JESÚS FRANCISCO ESCALONA URRUTIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.747.898 y la Ciudadana: ADRIANA CAROLINA HIDALGO MONTEZUMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.103.838.
A FAVOR DE LOS: niños se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
PROCEDENCIA: DEFENSORÍA PUBLICA SEGUNDA PARA EL SISTEMA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO ESTADO APURE.
MOTIVO: CONVENIO DE REVISION DE AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
EXPEDIENTE Nº: 1909-14.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Visto el escrito suscrito por la Abogada Vicky Ruth Viña Izquierdo, quien actuando en su carácter de Defensora Publica Segunda (E), adscrito a la coordinación Regional del Estado Apure, contentivo de CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, celebrado entre los ciudadanos JESÚS FRANCISCO ESCALONA URRUTIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.747.898 y la Ciudadana: ADRIANA CAROLINA HIDALGO MONTEZUMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.103.838, actuando en su condición de Padres de los niños se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante el cual solicita se le imparta la Homologación al referido convenimiento del 26 de Abril de 2017, ante el despacho de la referida Defensoría, y que contiene anexo copias fotostáticas de las partidas de nacimiento de los niños, y de las cedulas de identidad de la representante legal y el obligado alimentista, donde acordaron establecer la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de sus hijos, se impone de carácter definitivo: La cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.20.000,00) mensuales, pagaderos los últimos de cada mes, a partir del 30-04-2017. Del mismo modo se compromete en cubrir el 50% en comprar útiles y uniformes en el mes de agosto de cada año, así como también un aporte equivalente al 50% del costo de los gastos de ropa y calzados de la temporada decembrina y con fecha tope el 15/12/17. Igualmente cubrirán el 50% de los gastos de medicinas, exámenes médicos, cuando los niños lo requieran, todo lo entregara personalmente a la madre de los niños con la correspondiente firma de un recibo en cada oportunidad.
Por los fundamentos antes expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EXPUESTAS, Cúmplase. Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y a la Defensoría Publica Segunda del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación de manutención antes expuesta en la presente causa.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los dieciochos (18) días del mes de Mayo de Dos Mil diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA, (FDO)
ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA
EL SECRETARIO, (FDO)
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.). Conste.-
EL SECRETARIO, (FDO)
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
IMAA/lp/jl
Exp. N° 1909-14
Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de (1) folio útil y su vuelto, son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº1909-14. Biruaca, 18 de Mayo del 2017.
EL SECRETARIO,
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
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