SOLICITANTES: DEISON GABRIEL ESQUEDA ESQUEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.088.603 y la Ciudadana: ANALIMAR GARCIA FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 23.706.167.
A FAVOR DE LOS: niños se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

PROCEDENCIA: DEFENSORIA PUBLICA PRIMERA PARA EL SISTEMA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DEL MUNICPIO SAN FERNADO ESTADO APURE.

MOTIVO: CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

EXPEDIENTE Nº: 2683-17.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

Visto el escrito suscrito por la Abogada Linda Rosa Aguirre, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°137.610, quien actuando en su carácter de Defensora Publica Primera, adscrito a la coordinación Regional del Estado Apure, contentivo de CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, celebrado entre los ciudadanos DEISON GABRIEL ESQUEDA ESQUEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.088.603 y la Ciudadana: ANALIMAR GARCIA FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 23.706.167, actuando en su condición de Padres de los niños se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante el cual solicita se le imparta la Homologación al referido convenimiento del 03 de Mayo de 2017, ante el despacho de la referida Defensoría, y que contiene anexo copias fotostáticas de la cedula de identidad de la representante legal el obligado alimentista y partidas de nacimiento de los niños, donde acordaron establecer la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de sus hijos se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se impone de carácter definitivo: La cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs.40.000,00) mensuales, los cuales deberá entregar personalmente a la madre Analimar García Figueredo, los días últimos de cada mes previa expedición del correspondiente recibo. Igualmente establecieron que los gastos referentes a medicina, compra de uniformes, útiles escolares y gastos propios de la época decembrina serán sufragados por ambos padres a razón de 50% cada uno.
Por los fundamentos antes expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EXPUESTAS, Cúmplase. Líbrese oficio al Banco Bicentenario, sucursal San Fernando de Apure. Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y a la Defensoría Publica Primera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación de manutención antes expuesta en la presente causa.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los dieciochos (18) días del mes de Mayo de Dos Mil diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA, (FDO)
ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA
EL SECRETARIO, (FDO)
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las diez y veinte minutos de la mañana (10:20 a.m.). Conste.-
EL SECRETARIO, (FDO)
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
IMAA/lp/jl
Exp. N° 2683-17
Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de (1) folio útil y su vuelto son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 2683-17, Biruaca, 18 de Mayo del 2017.
EL SECRETARIO,
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO