Biruaca, 23 de Mayo del 2017
207º y 158º

Visto el anterior justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara “TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN”, a favor de la ciudadana IRMA BARTOLA BRICEÑO VILLANUEVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.762.589, las bienhechurías construidas en terrenos de su propiedad, según se evidencia en solvencia Sucesoral Nº 690, Exp. 2015-499 de fecha 21-01-2016, expedida por el extinto Ministerio de Hacienda, ahora Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), según Cedula Catastral Nº 509/10/2015 de fecha 26-01-2016, y por Documento Registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando Estado Apure, quedando inscrito bajo el numero 2016.564, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N° 271.3.6.1.18349 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2016, con una superficie de CIENTO CINCUENTA Y DOS METROS CON OCHENTA Y NUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS (152,89 Mts2), ubicado en la Avenida Simón Bolívar, sector Casco central I, jurisdicción del Municipio Biruaca del Estado Apure, cuyos linderos y medidas se especifican a continuación: NORTE: Calle Tomas Camejo, con (17,85 Mts), SUR: Local comercial de Rosa Guerra casa de Irma Briceño, con (17,85 Mts) ESTE: Casa de Irma Briceño, con (07.80 Mts) y OESTE: Avenida Simón Bolívar, con (7,80 Mts), el cual forma parte de una mayor extensión que costa de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTÍMETROS (885,90 Mts2) con las siguientes medidas y linderos: NORTE: Calle Tomas Camejo, con (34,25 Mts), SUR: Conjunto residencial Tow House, con (35,70 Mts) ESTE: Casa de Margarita Torres Rivas, con (24.30 Mts) y OESTE: Avenida Simón Bolívar, con (25,60 Mts). La cual consiste de un local comercial con cuatro (04) divisiones, garaje y escalera con acceso al primer nivel, con sus correspondientes vigas de riostra y de corona columnas de concreto, con paredes de bloques mezclillados y pintado, techo de platabanda y pisos de cemento pulido, baño interno, así como también su empotramiento e instalaciones de aguas blancas y negras e instalaciones eléctricas, fundaciones en hierro y concreto, puerta principal de laminas de hierro. Siendo el valor de las bienhechurías por la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES (Bs.F 8.000.000.00). Bienhechurías estas fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana IRMA BARTOLA BRICEÑO VILLANUEVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.762.589. Se ordena devolver estas resultas al solicitante, quedando anotado el libro de solicitudes llevado por este Tribunal durante el año 2017, bajo el Nº 126-17.
LA JUEZA,

ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA
EL SECRETARIO,

ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
Se devolvió original de estas actuaciones al solicitante, quedando copia de la misma en el archivo de éste Tribunal.

EL SECRETARIO,

ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO

IMAA/lp/jh
Solicitud. Nº 126-17