SOLICITANTES: RUBÉN DARÍO CEBALLO ROMERO y MARLIN ELENA COLMENAREZ HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 20.231.579 y 26.133.848.
PROCEDENCIA: FISCALIA SEXTA.
MOTIVO: CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
EXPEDIENTE Nº: 2687-17.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Visto el escrito suscrito por la Abogada CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLO, quien actuando en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Publico del Estado Apure, contentivo de CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, celebrado entre los ciudadanos RUBÉN DARÍO CEBALLO ROMERO y MARLIN ELENA COLMENAREZ HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 20.231.579 y 26.133.848, mediante el cual solicita se le imparta la Homologación al referido convenimiento del 08 de Mayo de 2017, ante el despacho de la referida Fiscalia Sexta, a favor de la niña cuyo nombre se omiten de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde acordaron establecer la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de su hija PRIMERO: La cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs.F. 30.000.00) mensuales, por concepto de obligación de manutención, SEGUNDO: Un bono único, para la compra de uniformes y útiles escolares por la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (100.000.00). TERCERO: Un bono único por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.F 150.000.00), para la fecha de 24 y 31 de diciembre, así mismo con el respectivo juguete. CUARTO: El 50% de los gastos médicos y de medicinas cuando sean requeridos por la niña a cada uno. En consecuencia, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN y procede con autoridad de cosa juzgada de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Los montos establecidos como Obligación de Manutención y Bonos Extras deberán ser aumentados en forma automática y proporcional en un 20% anualmente, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 365, 366 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Por los fundamentos antes expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EXPUESTAS, Cúmplase. Se acuerda librar oficio, ordenando los descuento de la obligación de manutención de la nomina del obligado al Jefe de la Dirección de Personal del Ejército Bolivariano a Cargo de la División de Derechos Fundamentales y Disciplina Caracas y oficio al gerente de la entidad bancaria Banco Bicentenario, sucursal San Fernando de Apure ordenando la apertura de una cuenta de ahorro para el depósito de los montos establecidos en el acuerdo. Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación de manutención antes expuesta en la presente causa.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los (23) días del mes de Mayo de Dos Mil diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA,
(FDO)
ABG. INS MARÍA ALONSO AGUILERA.
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las dos de la tarde (02:30 p.m.). Conste.-
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
IMAA/lp/jh
Exp. N° 2687-17
Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de (03) folios útiles son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 2687-17, Biruaca, 23 de Mayo del 2017.
EL SECRETARIO
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
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