San Fernando de Apure, 17 de Mayo de 2017.-
207° y 158°
SOLICITUD: 17-138.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JUAN MANUEL ARZOLA GUTIERREZ
FECHA DE ENTRADA: 12 DE MAYO DE 2.017.-
Vista la Solicitud Nº 17-138, presentada por el ciudadano: JUAN MANUEL ARZOLA GUTIERREZ; venezolano mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.831.963, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas en un terreno de propiedad Municipal, suscrito por la SINDICA PROCURADORA MUNICIPAL. ABOGADA. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS del Municipio San Fernando del Estado Apure, constante de CIENTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (174,00 Mts2), según contrato de arrendamiento de ejido, Ubicado en la Parroquia el Recreo, Sector Rio Apure cuya ubicación y linderos son los siguientes: NORTE: Casa de la Familia Navarro en, (12,00 Mts), SUR: Casa de la Familia Pérez en, (12,00 Mts), ESTE: Vereda en, (14,50 Mts). OESTE: Calle Principal en, (14,50 Mts), una (01) casa de mampostería, techo de zen zen, piso de cerámica, tres (03) habitaciones, dos (02) baños, un (01) comedor, una (01) cocina empotrada, un (01) garaje, paredes de bloque, frisadas, mezclilladas y pintadas, puertas y ventanas de hierro, agua y luz. Las cuales están totalmente pagadas. En la Construcción de dichas bienhechurías se invirtieron la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00), En materiales de construcción y mano de obra, que se determinan en la solicitud y mediante justificativos de testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano: JUAN MANUEL ARZOLA GUTIERREZ , plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante. Es Todo, terminó, se Leyó y conformes firman.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
La Secretaria Titular:
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , del libro diario.
La Secretaria Titular:
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
SOLICITUD N° 17-138.-
FJP/MMAT/af.-
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