REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.
San Fernando, 21 de Noviembre de 2017
207º y 158º

Partes: JOSE LUIS GONZALEZ ORTA y ERIKA DEL CARMEN VELEZ DE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nros. V-11.759.674 y V-14.730.435.-

Visto el contenido de la diligencia de fecha 16-11-2017, suscrita por el Abg. ARTURO HENRRIQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 197.501, y de la revisión efectuada a las actas procesales que conforman la presente causa, se evidencia que en la decisión de fecha 07 de noviembre del presente año 2017, cursante al folio (74 al 77), se incurrió en error material involuntario, de dictar la sentencia con lugar sobre la Acción de Divorcio Ordinario, en consecuencia, este Tribunal a los fines de Subsanar dicho error, acuerda realizar la respectiva corrección en la decisión de dicha sentencia. Asimismo visto el contenido de la diligencia de fecha 16-11-2017, suscrita por la ciudadana MARIA ELOINA UTRERA RAMOS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 134.292, y observándose que ha quedado definitivamente firme la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 07-11-2017, se Ordena su ejecución y en consecuencia el Tribunal acuerda expedir Cuatro (04) Juegos de copias debidamente certificadas de la Sentencia y junto con oficios remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampen la Nota Marginal respectiva. Asimismo se acuerda cerrar la presente causa remitir la misma al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Cúmplase. Líbrese lo Conducente.-
La Juez Temp.

Abg. JANNIS MEJIAS GARRIDO
La Secretaria

Abg. NERYS RUIZ
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en esta misma fecha.

La Secretaria

Abg. NERYS RUIZ
Exp. Nº JMS1-2374-17-
JMG/NR/Jorge.-