SOLICITUD: 17-267
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: HUMBERTO JOSÉ PINTO CORONADO
FECHA DE ENTRADA: 17 DE OCTUBRE DE 2.017

Vista la anterior solicitud, presentada por el ciudadano HUMBERTO JOSÉ PINTO CORONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.768.554, debidamente asistida por la Abogada en libre ejercicio Maria Teresa Rovero, titular de la cédula de identidad Nº V-13.640.070, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 216.657, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos JOSE ALBERTO PINTO CORONADO, OMAIRA JOSEFINA CORONADO DE BRITO, OSCAR ROGELIO CORONADO, NORA AMOR CORONADO, ABILIO CORONADO, EDUARDO EMILIO CORNADO y SANDRA CORONADO DE MARTINEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-4.139.756, V-1.480.128, V-2.233.718, V-1.474.584, V-1.835.156, V-2.233.627 y V-9.590.127, quienes solicitaron ante este Tribunal se le declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus NERAIDA CORONADO, quien fue venezolana, de 75 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.229.477, quien falleció Ab-Intestato, el día 19 de octubre del año 2.015, en el Municipio Libertador, Parroquia San Pedro, Distrito Capital, según consta en la copia certificada del acta de defunción Nº 1242, folio Nº 242, de fecha 23 de octubre del año 2015, tomo 05.
Oídas las declaraciones de los ciudadanos Chelis José Velázquez Medina y Rosa Eladia Castillo Oropeza, venezolanos, mayores de edad, ambos de estado civil solteros, titulares de la cédula de identidad Nº V-9.875.333, V-21.293.084, respectivamente, de este domicilio; quienes declararon que si saben y les consta que en fecha 19 de octubre del año 2015, falleció la ciudadana NEREIDA JOSEFINA CORONADO, titular de la cedula de identidad Nº V-2.229.477, en el Municipio Libertador, en el Hospital Universitario de Caracas, Parroquia Catia, del Distrito Capital; que si saben y les consta que la decujus NEREIDA JOSEFINA CORONADO, dejo un inmueble ubicado en el Paseo Libertador entre Calle Muñoz y Calle Páez, marcada con el Nº 42, mediante testamento abierto por ante la Notaria Publica de San Fernando, Estado Apure, en fecha 23 de mayo del año 2005, dejando como herederos a los ciudadanos HUMBERTO JOSE PINTO CORONADO, JOSE ALBERTO PINTO CORONADO, OMAIRA JOSEFINA CORONADO DE BRITO, OSCAR ROGELIO CORONADO, NORA AMOR CORONADO, ABILIO CORONADO, EDUARDO EMILIO CORNADO y SANDRA CORONADO DE MARTINEZ; que si saben y les consta que el domicilio de la decujus era en la ciudad de San Fernando, Estado Apure; y que si saben y les consta que los ciudadanos HUMBERTO JOSE PINTO CORONADO, JOSE ALBERTO PINTO CORONADO, OMAIRA JOSEFINA CORONADO DE BRITO, OSCAR ROGELIO CORONADO, NORA AMOR CORONADO, ABILIO CORONADO, EDUARDO EMILIO CORNADO y SANDRA CORONADO DE MARTINEZ son hermanos de la decujus NERAIDA JOSEFINA CORONADO.

D I S P O S I T I V A:
Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con las copias certificadas del acta de defunción y las copias certificadas de las actas de nacimiento y por cuanto en estas actuaciones solo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos HUMBERTO JOSE PINTO CORONADO, JOSE ALBERTO PINTO CORONADO, OMAIRA JOSEFINA CORONADO DE BRITO, OSCAR ROGELIO CORONADO, NORA AMOR CORONADO, ABILIO CORONADO, EDUARDO EMILIO CORNADO y SANDRA CORONADO DE MARTINEZ, cuya filiación está legalmente comprobada.
En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos HUMBERTO JOSE PINTO CORONADO, JOSE ALBERTO PINTO CORONADO, OMAIRA JOSEFINA CORONADO DE BRITO, OSCAR ROGELIO CORONADO, NORA AMOR CORONADO, ABILIO CORONADO, EDUARDO EMILIO CORNADO y SANDRA CORONADO DE MARTINEZ, titulares de la cédula de identidad Nº V-3.768.554, V-4.139.756, V-1.480.128, V-2.233.718, V-1.474.584, V-1.835.156, V-2.233.627 y V-9.590.127; en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus NERAIDA CORONADO, quien fue venezolana, de 75 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.229.477, quien falleció Ab-Intestato, el día 19 de octubre del año 2.015, en el Municipio Libertador, Parroquia San Pedro, Distrito Capital, según consta en la copia certificada del acta de defunción Nº 1242, folio Nº 242, de fecha 23 de octubre del año 2015, tomo 05, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, del primer (01) día días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2.017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-

EL Juez,


ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN


La Secretaria Titular.


Abg. CHRISTTIAN JOSE MARQUEZ SOTO.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto Nº_______, del folio (___________), del Libro Diario.
La Secretaria Titular.

Abg. CHRISTTIAN JOSE MARQUEZ SOTO.






























S/N° 17-267
FJP/MMAT/gv