REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 7 de noviembre de 2017.
207° y 158°.
CAUSA Nº 1As-3574-17.
JUEZA PONENTE: EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.
Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de las pretensiones interpuestas el 24-2-2017 por el Abg. JESUS ANTONIO URBAEZ PERALES, Defensor de RAFAEL AMADO GONZALEZ LAYA; y el 9-3-2017 por el Abg. CEFERINO ESTANGA MARTINEZ, Defensor de WILLIANS OSWALDO CANELONES MORENO, contra la decisión dictada el 21-11-2016, publicado su texto íntegro el 13-2-2017, por la Juez 2ª del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. SARA BETANCOURT GUTIERREZ, mediante la cual condenó a los ciudadanos antes mencionados, por la comisión del delito de robo agravado de vehículo automotor, previsto en el artículo 5, en concordancia con los numerales 2, 3, y 10 del artículo 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión con sustento en los numerales 2 y 5 del artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal
Se acuerda fijar para el día 21-11-2017 a las 3:00 p.m., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Cítese a las partes. CUMPLASE.
JUEZ SUPERIOR (Presidente),
PEDRO RAFAEL SOLORZANO MANRTÍNEZ
JUEZ SUPERIOR,
EDWIN ESPINOZA COLMENARES
JUEZ SUPERIOR (Ponente),
EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
EL SECRETARIO,
JOSE ANTONIO MENDEZ LAPREA
PRSM/EEC/EMBL/JAML/Manorka
1As-3574-17.
|