REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 10 de Octubre del año 2017.-
207º y 158º


DEMANDANTE: MILADYS BETZAI VENERO MATUTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 25.712.631.
PARTE DEMANDADA: ANDRES ALBERTO CORREA CEBALLOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-18.726.301
BENEFICIARIA: Niña (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente)


MOTIVO: DEMANDA DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION

SENTENCIA DE EXTINCION

Visto que en horas de Audiencias del día, nueve (09) de Octubre del año Dos mil Diecisiete (2017), siendo las 09:00 a.m., se dio inicio a la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio de Aumento de Obligación de Manutención, presidida por la Jueza Abg. JANNIS MEJIAS GARRIDO, con la asistencia de la Secretaria Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ, y la Alguacil NATALY GONZALEZ, Constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de celebrarse la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, prevista en el artículo 473 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, suscrita por la ciudadana MILADYS BETZAI VENERO MATUTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 25.712.631, contra el ciudadano ANDRES ALBERTO CORREA CEBALLOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-18.726.301.- Por cuanto en su debida oportunidad fue anunciado en las puertas del Tribunal y no comparecieron las partes, ni por si ni mediante apoderado alguno. Es por lo que será sancionado con lo estatuido en el artículo 477 de la de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual reza así:
“…Si la parte demandante o demandada no comparece personalmente sin causa justificada a la fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, se debe continuar ésta con la parte presente hasta cumplir con su finalidad.
Si ambas partes con comparecen, se termina el proceso mediante sentencia oral, reducida a un acta que se publicará el mismo día…”.

En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente procedimiento de AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana MILADYS BETZAI VENERO MATUTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 25.712.631, contra ANDRES ALBERTO CORREA CEBALLOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-18.726.301, de Conformidad con el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.- Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Publíquese, Regístrese y déjese Copia Certificada de la presente decisión, conforme a lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
Dada, Firmada y Sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los 10 días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017). Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
La Juez Temp.,

Abg. JANNIS MEJIAS GARRIDO


La Secretaria,


Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

La Secretaria,


Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ

JMG/NSR/sore.-
Exp. Nro. JMS1-2364-17.-