REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 16 de Octubre del año 2017.-
206º y 158º


Asunto: JMS1-2307-17.-

DEMANDANTE: JESUS ALEXANDER QUIÑONEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 19.689.295, asistido por la abogado ZENAIDA PIZANI, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.914.-
DEMANDADA: LEIDYS JOHANA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. 20.091.057.-
MOTIVO: DEMANDA DE DIVORCIO ORDINARIO.-

SENTENCIA DE EXTINCION

Visto que en horas de Audiencia del día, 13 de Octubre del año Dos mil Diecisiete (2017), siendo las 09:00 a.m., se dio inicio a la Audiencia Única de Reconciliación, en el Juicio de Divorcio Ordinario, presidida por la Jueza Abg. JANNIS MEJIAS GARRIDO, con la asistencia de la Secretaria Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ, y la Alguacil NATALI GONZALEZ, Constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de celebrarse la audiencia Única de Reconciliación, prevista en el artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, suscrita por el ciudadano JESUS ALEXANDER QUIÑONEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 19.689.295, asistido por la abogado ZENAIDA PIZANI, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.914, contra LEIDYS JOHANA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. 20.091.057. Por cuanto en su debida oportunidad fue anunciado en las puertas del Tribunal y no comparecieron las partes, ni por si ni mediante apoderado alguno. Es por lo que será sancionado con lo estatuido en el artículo 522 de la de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual reza así:
“…Si la parte demandante no comparece personalmente sin causa justificada a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar o a la audiencia de juicio, se considera desistido el procedimiento y termina el proceso mediante sentencia oral, que se debe reducir en un acta y publicarse el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia…”.

En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:

PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la demanda de Divorcio Ordinario suscrita por el ciudadano JESUS ALEXANDER QUIÑONEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 19.689.295, contra LEIDYS JOHANA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. 20.091.057, Todo de Conformidad con el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.- Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Publíquese, Regístrese y déjese Copia Certificada de la presente decisión, conforme a lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
Dada, Firmada y Sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los 16 días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017). Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-

La Juez Temp.,

Abg. JANNIS MEJIAS GARRIDO

La Secretaria

Abg. NERYS RUIZ
En este misma fecha se público la presente sentencia, previó anuncio de ley, a las puertas del tribunal siendo las 11 a.m.
La Secretaria

Abg. NERYS RUIZ






JMG/NSR/sore.-