REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.-
San Fernando, Seis (06) de Octubre del año 2017
207º y 158º
Exp. Nro. JMSS1-8537-17
Por recibido, fórmese expediente, désele entrada y curso de Ley.- Admítase cuanto ha lugar en Derecho.- Vistas las anteriores actuaciones procedente de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, con competencia en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Apure, para Decidir, previamente OBSERVA:
I
En los folios tres (03) y cuatro (04), cursa acta mediante la cual los ciudadanos TERRY JOSE MARTINEZ CASTRO y ORLY NAZARETH ARANA ARANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades No. V- 21.147.020 y V- 25.350.813, en su orden, convinieron en relación a la Custodia a favor del Niño (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), nacido el 14/03/2015, de Dos (02) años de edad, quienes acordaron lo siguiente: “PRIMERO: La ciudadana ORLY NAZARETH ARANA ARANA, manifiesta: Acuerdo entregarle la Custodia de mi hijo (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), de Dos (02) años de edad, a su padre el ciudadano TERRY JOSE MARTINEZ CASTRO, para que el mismo se haga responsable efectivamente, el ciudado adecuado garantizando la integridad del niño”.-
Ahora bien, por cuanto de la revisión del convenio realizado se observa que lo planteado no violenta el orden público, ni vulnera los derechos de aquella, tratándose de un asunto sobre el cual es posible la conciliación y, que tal acuerdo redunda en la economía y celeridad procesal, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos TERRY JOSE MARTINEZ CASTRO y ORLY NAZARETH ARANA ARANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades No. V- 21.147.020 y V- 25.350.813, debidamente asistidos por la Fiscal Sexta del Ministerio Público Abg. CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLO, de conformidad con el artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase. ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE.
Regístrese la presente Decisión.
Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando, a los Seis (06) día del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2.017).- Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
La Jueza Temporal
Abg. JANNIS MEJIAS GARRIDO
La Secretaria,
Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ
En esta misma fecha siendo las 03:16 p.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia
La Secretaria,
Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ
JMG/NSR/Alexander.-
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