Biruaca, 09 de octubre de 2017
207° y 158°
SOLICITANTE: ciudadano José Francisco Rangel Ascanio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.168.903, debidamente asistido por el abogado Elicar Ascanio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 156.607.
MOTIVO: INSPECCIÓN JUDICIAL
EXPEDIENTE Nº: 149-16
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINTIVA
Se inició el presente procedimiento, mediante solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL, presentada el 16 de mayo de 2016, por el ciudadano José Francisco Rangel Ascanio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.168.903, debidamente asistido por el abogado Elicar Ascanio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 156.607. Se le dio entrada mediante auto de fecha 23 de mayo de 2016, siendo la última actuación del solicitante de fecha 18 de julio de 2016, en consecuencia, se declara TERMINADO el presente procedimiento, por falta de impulso procesal, que se traduce en falta de interés en que fuera practicada la inspección judicial. Se ordena el archivo del expediente, toda vez que no hay recaudos que devolver. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,
(FDO)
ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
(FDO)
Abg. CARMEN ZORAIMA BRAVO BOFFIL
Sol. 149-16
IMAA/CZBB
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