Biruaca, 09 de octubre de 2017
207° y 158°
SOLICITANTE: ciudadano CARLOS HERNÁN SÁNCHEZ ERAZO, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°82.091.123, debidamente asistido por los abogados JULIO CESAR NIEVES AGUILERA Y LISBI JOHANA TAPIA SALINAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 29.626 y 230.486 respectivamente.
MOTIVO: INSPECCIÓN JUDICIAL
EXPEDIENTE Nº: 57-16
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINTIVA
Se inició el presente procedimiento, mediante solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL, presentada el 01 de marzo de 2016, por el ciudadano CARLOS HERNÁN SÁNCHEZ ERAZO, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°82.091.123, debidamente asistido por los abogados JULIO CESAR NIEVES AGUILERA Y LISBI JOHANA TAPIA SALINAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 29.626 y 230.486 respectivamente. Se le dio entrada mediante auto de fecha 04 de marzo de 2016, siendo la última actuación del solicitante en fecha 29 de junio de 2016, en consecuencia, se declara TERMINADO el presente procedimiento, por falta de impulso procesal, que se traduce en falta de interés en que fuera practicada la inspección judicial. Se ordena el archivo del expediente, toda vez que no hay recaudos que devolver. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
Abg. CARMEN ZORAIMA BRAVO BOFFIL
Sol. 57-16
IMAA/CZBB
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