San Fernando de Apure, 11 de Octubre de 2016
207° y 158°
SOLICITUD: 16-241.
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE(S): SELSA ILAIN CADENAS BETANCOURT
FECHA DE ENTRADA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2017
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: SELSA ILAIN CADENAS BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-14.948.072, de este domicilio, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, vistas, oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en nombre de “La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley”, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN; suficiente a la ciudadana: SELSA ILAIN CADENAS BETANCOURT, en las bienhechurías existentes construidas sobre un lote de terreno de propiedad Municipal según: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EJIDO, otorgado por la Sindica Procuradora (E), ABOG. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando, del Estado Apure, de fecha 28/10/2016, constante de una superficie de: DOCIENTOS OCHO METROS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (208,63M2), ubicado en la: “ PARROQUIA EL RECREO, AVENIDA 5 DE JULIO, EL RECREO, SECTOR I, S/N”, dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: AVENIDA 5 DE JULIO Y CASA DE LA FAMILIA BETANCOURT, en Tres Metros con Setenta y Cinco Centímetros, más Trece Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (3,75 + 13,45Mts); SUR: CASA DE MARIA CADENAS, en Diecisiete Metros con Veinte Centímetros (17,20Mts); ESTE: CASA DE MARIA CADENAS Y CASA DE LA FAMILIA BETANCOURT, en Ocho Metros con Setenta y Cinco Centímetros, más Quince Metros con Cincuenta Centímetros (8,75 + 15,50Mts) y OESTE: CASA DE LUISA TORREALBA, en Ocho Metros con Setenta y Cinco Centímetros, más Quince Metros con Cincuenta Centímetros (8,75 + 15,50Mts). En las que construyo a sus propias expensas Una (1) Casa de Mampostería, Techo de Zinc, piso de Cerámica, Dos (2) habitaciones, Un (1) baño, Una (1) sala comedor, Una (1) Cocina Empotrada, Un (1) Deposito, Un (1) Lavandero, paredes de bloque frisadas, mescrillada y pintadas, puertas y ventanas de hiero, agua y luz. Sobre la cual invirtió en dichas bienhechurías la cantidad de: VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000,00), los cuales están totalmente pagados.- Bienhechurías estas que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana: SELSA ILAIN CADENAS BETANCOURT, plenamente identificada. Se ordena devolver estas resultas a la solicitante antes identificada en el escrito de solicitud.-
El Juez;
Abog. Francisco Javier Padrón.-
La Secretaria Titular;
Abog. María Milagro Aranguren T.-
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
Abog. María Milagro Aranguren T.-
SOLICITUD: N°. 17-241.
FJP/MMAT/jwpc.-
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