REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 02 de Abril de 2018
207º y 158º
Exp. Nro. JMSS2-4359-18
Vista la diligencia que antecede de fecha 22-03-2018, suscrita por la ciudadana LEHINE MARIVEL ESTRADA ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.806.411, debidamente asistida por el Abogado RAMON M. DIAMOND, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 157.487, este Tribunal dictó Sentencia en la causa, mediante la cual se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos YUNNY GERVASIO BARRIOS BLANCO y LEHINE MARIVEL ESTRADA ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.219.517 y 13.806.411, padres biológicos de los hermanos (Se omite la identidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), este Juzgador en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, Ordena su Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano, en consecuencia, expídanse por secretaría copias debidamente certificadas para los interesados, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente se ordena el cierre de la presente causa y remitir la misma al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Líbrese lo Conducente.-
El Juez Provisorio,
Abg. RAMON RIVAS LORETO
La Secretaria,
Abg. ESMIRNA VIAMONTE
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en esta misma fecha.
La Secretaria,
Abg. ESMIRNA VIAMONTE
RRL/EV/David.
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