REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE.

San Fernando de Apure, 26 de abril del año 2018.
208º y 159º

AUDIENCIA PRELIMINAR
PARTE DEMANDANTE: HELEN DEL CARMEN TORRES DE VILLAMEDIANA, con el carácter de gerente general y representante legal de la “CONSTRUCTORA INMOBILIARIA DON VILLA, C.A.”.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: Abogado WILSON MIGUEL TREJO.
PARTE DEMANDADA: DELMA MARÍA DÍAZ MARTÍNEZ, actuando con el carácter de representante legal de la firma comercial “ASOCIACIÓN COOPERATIVA SWARORSKI”.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado JOSÉ MANUEL PADRÓN SILVA.
MOTIVO: DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL)
EXPEDIENTE Nº: 16.466.
En el día de hoy, jueves veintiséis (26) de abril del año dos mil dieciocho (2018), siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada por este Tribunal en el auto anterior para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR, en la causa Nº 16.466, se anunció el acto a las puertas del Tribunal y compareció al mismo el Abogado en ejercicio ciudadano WILSON MIGUEL TREJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.239.124, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 160.066, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante de autos “CONSTRUCTORA INMOBILIARIA DON VILLA, C.A.”, representada por su Gerente General la ciudadana HELEN DEL CARMEN TORRES DE VILLAMEDIANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.321.753; Igualmente se encuentra presente Abogado en ejercicio ciudadano JOSÉ MANUEL PADRÓN SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.609.961, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.501, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada de autos “ASOCIACIÓN COOPERATIVA SWARORSKI”, representada legalmente por la ciudadana DELMA MARÍA DÍAZ MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.870.540. Este Tribunal una vez constatada la presencia de las partes, declara ABIERTA la Audiencia e insta a los comparecientes a conciliar de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela concediéndosele el derecho de palabra a la parte demandante primeramente y luego a la parte demandada a fin de que expongan lo que consideren pertinente.
Seguidamente el Abogado en ejercicio ciudadano WILSON MIGUEL TREJO, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante de autos “CONSTRUCTORA INMOBILIARIA DON VILLA, C.A.”, representada por su Gerente General la ciudadana HELEN DEL CARMEN TORRES DE VILLAMEDIANA, y el Abogado en ejercicio ciudadano JOSÉ MANUEL PADRÓN SILVA, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada de autos “ASOCIACIÓN COOPERATIVA SWARORSKI”, representada legalmente por la ciudadana DELMA MARÍA DÍAZ MARTÍNEZ, solicitan el derecho de palabra y concedidole como les fue expusieron al Tribunal lo que a continuación se cita: “Solicitamos al Tribunal que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 parágrafo primero del Código de Procedimiento Civil, se suspenda el curso de la presente causa por un lapso de veinte (20) días de despacho contados a partir del día siguiente al de hoy, a los fines de llegar a un posible arreglo, es todo”•
Acto seguido, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 202, parágrafo primero del Código de Procedimiento Civil acuerda SUSPENDER EL CURSO DEL PRESENTE JUICIO por un lapso de veinte (20) días de despacho contados a partir del día siguiente al de hoy, a fin de que las partes puedan hacer uso de los Medios Alternos de Resolución de Conflictos y llegar a un posible acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana. Finalizada la presente audiencia se cierra el acto siendo las 09:40 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Temporal,

Abg. AURI TORRES LAREZ.

El Apoderado Judicial de la parte actora

Abg. WILSON MIGUEL TREJO.

El Apoderado Judicial de la parte demandada

Abg. JOSÉ MANUEL PADRÓN SILVA.


El Alguacil Titular.

Abg. DANIEL ALEJANDRO ROSALES SILVA.



El Secretario Titular,

Abg. FRANCISCO REYES PIÑATE.














ATL/rsh
Exp. Nº 16.466.