SOLICITANTES: JOSÉ DAVID CARRALES SOTO Y ANTONIA ANDREINA MONTOYA GARRIDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 23.699.728 y 25.260.853

PROCEDENCIA: DEFENSORÍA PÚBLICA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MUNICIPIO BIRUACA DEL ESTADO APURE.

MOTIVO: CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

EXPEDIENTE Nº: 2871-18.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.


Por recibido y visto el escrito, suscrito por el abogado CARLOS ALBERTO PIMENTEL RANGEL actuando en su carácter de Defensor Público Tercero de Protección de Niños Niñas y Adolescentes adscrito a la Defensa Pública del Estado Apure, contentivo de CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, celebrado entre los ciudadanos JOSÉ DAVID CARRALES SOTO Y ANTONIA ANDREINA MONTOYA GARRIDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 23.699.728 y 25.260.853, actuando en su condición de Padres de los hermanos Corrales Montoya, mediante el cual solicita se le imparta la Homologación al referido Convenimiento del 31 de Mayo del 2018, ante el despacho de la referida Defensoría, y que contiene anexo copia fotostática de la partida de nacimiento de la niña, donde acordaron establecer la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de su hija PRIMERO: El progenitor se compromete hacer entrega mensual los (30 de cada mes), a la ciudadana: ANTONIA ANDREINA MONTOYA GARRIDO, quien es madre de los hermanos Corrales Montoya, de los siguientes víveres: dos (02) kilos de arroz, dos (02) kilos de pasta, dos (02) kilos de harina pan, un (01) litro de aceite, un (01) kilo de azúcar, un (01) litro de mantequilla de Leche, dos (02) litros de leche, verduras y frutas surtidas SEGUNDO: así mismo compartirán los gastos médicos en un 50% cada uno, cuando sean requerido por los hermanos Corrales Montoya, TERCERO: El padre se compromete hacer entrega a la madre el día treinta (30) de Agosto de uniforme Escolar: una (01) camisa, una (01) falda escolar, un (01) par de medias, un (01) par de zapatos, y así mismo hará entrega de los útiles Escolares solicitados. CUARTO: los padres se comprometen a cumplir en el mes de Diciembre con la ropa y calzado decembrino de la siguiente manera: la madre cumplirá cada 24 de Diciembre y el padre cumplirá cada 31 de Diciembre. QUINTO: Los padres se comprometen a cumplir con los siguientes artículos cosméticos mes intermedio: un (01) jabón de baño, un (01) champú, un (01) enjuague, dos (02) panelas de jabón, dos (02) litros de jabon liquido o jabón en polvo, Por los fundamentos antes expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EXPUESTAS, Cúmplase. Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y al representante de la Defensoría Pública de Niños, Niñas y Adolescentes Municipio Biruaca del Estado Apure, de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación de manutención antes expuesta en la presente causa.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los tres (03) días del mes de Agosto de Dos Mil Dieciocho (2018). Años: 208º de la Independencia y 159º de la Federación
LA JUEZA,
(FDO)
ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA

LA SECRETARIA TITULAR.

(FDO)
ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DÍAZ

En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Conste.-

LA SECRETARIA TITULAR.

(FDO)
ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DÍAZ
IMAA/jl/mb
Exp. N° 2871-18

Quien suscribe, ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DÍAZ, Secretaria titular del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de tres (03) folios útiles es traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 2871-18. Biruaca, 03 de Agosto del 2018.
LA SECRETARIA TITULAR.



ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DÍAZ