REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE


San Fernando de Apure, 2 de Agosto de 2018
208° y 159°

CAUSA Nº 1As-3640-17
JUEZ PONENTE: PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ

Corresponde a esta Alzada resolver sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta el 10-10-2017 por el Abg. RADAY OJEDA, Defensor Público Auxiliar Primero Penal adscrito a la Coordinación Regional de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Defensor de JOSE GREGORIO CORDOBA MORALES, contra la decisión dictada el 6-10-2015 por la Juez 1ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. YULI TERESA BALI ARVELO, publicado su texto íntegro el 6-3-2017, mediante la cual condenó al ciudadano antes mencionado, como responsable de la comisión de los delitos de robo agravado, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, y porte ilícito de arma de fuego, previsto en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el artículo 447 eiusdem, en relación con el numeral 2 del artículo 444 ibidem.

Se acuerda fijar para el día de 16-8-2018, a las 3:20 p.m., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Cítese a las partes. Cúmplase.

JUEZ PRESIDENTE,

EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
EL JUEZ (Ponente),

PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ

EL JUEZ,

JOSE LUIS SANCHEZ RODRIGUEZ

EL SECRETARIO,

JOSE ANTONIO MENDEZ LAPREA


Causa Nº 1As-3640-17
EMBL/PRSM/JLSR/jaml/Jane.