REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:


Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
De los Municipios San Fernando y Biruaca de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando de Apure, 12de diciembre del 2018.-
208° y 159°

Vista la Solicitud Nº 18-232, presentada por el ciudadano WINDER ANTONIO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.322.418; quien ha solicitado le sean declaradas conjuntamente con los ciudadanos ZEIN GONZALEZ SAMIRA MILAGROS, WILMER ARGELIS GONZALEZ, ESTERHLINA NAZARETH, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.520.928, V-17.395.937 y V-18.327.138, suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conforme, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Autorización, expedido por la Alcaldía del Municipio San Fernando del estado Apure de fecha veintinueve (29) de noviembre del año 2.018; dicho terreno consta de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (247,54 M2); ubicado en el Barrio 09 de Diciembre, Carrera 02, Parroquia San Fernando, Municipio de San Fernando, Estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: CARRERA Nº02, EN ONCE METROS CON NOVENTA CENTIMETROS (11,90Mts); SUR: FAMILIA SOSA, EN DOCE METROS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (12,55Mts); ESTE: CASA DE LA FAMILIA ASCANIO, EN VEINTE METROS CON TRES CENTIMETROS (20,03Mts); y OESTE: CASA DE LA FAMILIA OVIEDO, EN VEINTE METROS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS (20,48Mts); las cuales ha construido con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expensas, una casa de habitación de piso de baldosa, techo de acerolit y paredes de bloque, puertas y ventanas de hierro, compuesta de una (01) sala, un (01), cuatro (04) habitaciones, un (01) baño, una (01) cocina, cercada completamente con paredes y además posee todos los servicios públicos, el área de la construcción es de (143,00 M2); sobre las cuales ha invertido la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES SOBERANOS EXACTOS (BS. 500.000,oo). Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas los ciudadanos WINDER ANTONIO GONZALEZ, ZEIN GONZALEZ SAMIRA MILAGROS, WILMER ARGELIS GONZALEZ, ESTERHLINA NAZARETH, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas a la parte solicitante.
El Juez,


Abog. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
El Secretario,


Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
El Secretario,


Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.




FJP/Orcr/Estebany.-