REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS

San Fernando de Apure, Veinticuatro (24) de Enero de 2018.
207º y 158º
Vista la apelación y recaudos anexos, suscrita por el Ciudadano PEDRO JOSE GARCIA titular de la Cedula de Identidad Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 4.925.459, debidamente asistido del abogado JESUS ANTONIO URBAEZ PERALES, plenamente identificado en autos, en la cual APELA conjuntamente con Regulación de la Competencia a la Sentencia Definitiva dictada por este Tribunal en fecha 12/01/18, este Tribunal ordena agregarla a los autos y por cuanto dicho recurso ha sido anunciado en tiempo hábil y la decisión recurrida es accionable, OYE EN AMBOS EFECTOS la Apelación de conformidad con lo establecido en el Artículo 228 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia, remítase al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Apure y Amazonas.- Revisado y vistas las actuaciones del expediente N° A-0311-16, por cuanto se encuentra un error de Foliatura, se procedió a corregir las foliaturas del presente expediente, desde el folio Ciento Trece (113) hasta el folio Ciento Veintinueve (129) y del Folio Ciento Setenta y Siete (177) hasta el folio Trescientos Siete (307) y en su lugar se estampó una nueva foliatura siguiendo el orden cronológico correspondiente. Foliatura que aquí se salva, así mismo se salvan todas las enmendaduras en el presente expediente de conformidad con el Artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.

EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. ANTONIO AAYSENN FRANCO TOVAR


EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABG.LENIN ALEXANDER POLANCO RODRIGUEZ


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado, bajo oficio N° 2018-0049 al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estado Apure y Amazonas.-

EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG.LENIN ALEXANDER POLANCO RODRIGUEZ
AAFT/LAPR/emss.-
EXP. N° A-0322-17