Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos FRANCISCA MARITZA PEREZ DE CEDEÑO Y ANTONIO RAFAEL CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº 8.156.496 y 8.159.638, respectivamente, ambos de este domicilio, y asistidos de abogado, basados en el articulo 185-A del Código Civil, por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Publico no objetó dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: FRANCISCA MARITZA PEREZ DE CEDEÑO Y ANTONIO RAFAEL CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº 8.156.496 y 8.159.638, el cual contrajeron por ante la oficina del Registro Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 06 de Abril del año 1.976, según consta del Acta de Matrimonio N° 70, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los once (11) días del mes de Enero del año Dos Mil dieciocho (2018). Año 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
LA JUEZA,


ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA
LA SECRETARIA,

ABG. JOHANNA A. LAYA DIAZ
Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 10:30 a.m.

LA SECRETARIA,

ABG. JOHANNA A. LAYA DIAZ
IMAA/jl/mb
Exp. N° 2771-17

IMAA/jl/mb
N° 2771-17
Quien suscribe, JOHANNA A. LAYA DIAZ, Secretaria del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia es traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente N° 2771-17 Biruaca, a los once (11) día del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. JOHANNA A. LAYA DIAZ