Biruaca, 22 de Enero del 2019
208º y 159º
Visto el anterior justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara “TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN” a favor del ciudadano RAMON IGNACIO GUERRA ARACAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 8.900.172, las bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, consistentes en unas bienhechurías construidas en terrenos de propiedad municipal, según se evidencia en Autorización otorgada por la Abg. ELIZABETH MARIA ESCOBAR TORRES, en su condición de Sindica Procuradora de la Alcaldía del Municipio Biruaca del Estado Apure, con una superficie de terreno de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CON VEINTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS (263,22 Mts2), ubicado en el sector La Odisea, Calle vía Santa Rufina, jurisdicción del Municipio Biruaca Estado Apure, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle vía Santa Rufina con (15 Mts); SUR: Laguna con (15 Mts) ESTE: Iglesia en Construcción con (60 Mts) y OESTE: Casa de Carlos Espinoza con (60 Mts); las bienhechurías consta de una 1.- PLANTA BAJA: Se conforma por: Tres (3) locales comerciales, un (1) Galpón y Área en común (Vestíbulo, Pasillo y escalera de Acceso a la Planta Superior o Primer Piso). LOCAL A: Techo de platabanda, baño interno y portón de lamina estriada de 3x3 Mts y un área de VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS, (22,95 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos particulares NORTE: : Calle vía Santa Rufina, con Tres Metros (3 Mts); SUR: Galpón anexo, con Tres Metros (3 Mts); Este: Iglesia en Construcción, con Siete Metros con Sesenta y Cinco Centímetros (7,65 Mts); y Oeste: Local B, con Siete Metros con Sesenta y Cinco Centímetros (7,65 Mts), y en su parte superior con el piso del Apartamento A, de la Planta Superior o Primer Piso. LOCAL B: Techo de platabanda, baño interno, portón de lamina estriada de 3x3 Mts, y un área de VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS, (22,65 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos particulares NORTE: Calle vía Santa Rufina, con Tres Metros (3 Mts); SUR: Galpón anexo con Tres Metros (3 Mts); ESTE: Local A, con Siete Metros con Sesenta Cinco Centímetros (7,65 Mts); y OESTE: Local C, con Siete Metros con Sesenta y Cinco Centímetros (7,65 Mts), y en su parte superior con el piso del Apartamento A, de la Planta Superior o Primer Piso. LOCAL C: Techo de platabanda, baño interno, portón de lamina estriada de 3x3 Mts, y un área de SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS, (67,32 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos particulares NORTE: Calle vía Santa Rufina, con Ocho Metros con ochenta centímetros (8,80 Mts); SUR: Galpón anexo con Ocho Metros con ochenta centímetros (8,80 Mts); ESTE: Local B, con Siete Metros con Sesenta Cinco Centímetros (7,65 Mts); y OESTE: Casa de Carlos Espinoza, con Siete Metros con Sesenta y Cinco Centímetros (7,65 Mts), y en su parte superior con el piso del Apartamento B, de la Planta Superior o Primer Piso. GALPON: Con un área de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Locales A, B y C, con Quince Metros (15 Mts) SUR: Laguna, con Quince Metros (15 Mts), ESTE: Iglesia en construcción con Diez Metros (10 Mts), OESTE: Casa de Carlos Espinoza, con Diez Metros (10 Mts).
2.- PRIMER PISO O PLANTA SUPERIOR.- Esta integrado por dos (2) Apartamento Familiar. APARTAMENTO A: Está constituido por Tres (3) habitaciones con baño interno y ventanas panorámicas, una (1) sala de star con ventana panorámica, un (1) comedor, una (1) cocina, techo tipo plafón con caída a dos (2) aguas, estructura de hierro con tubos estructurales de 100x100 de columnas, en un área de SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS (64,98 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas NORTE: Calle vía Santa Rufina, con Nueve Metros (9 Mts), SUR: Galpón anexo Nueve Metros (9 Mts), ESTE: Iglesia en construcción, con Nueve metros (9 Mts), OESTE: Apartamento B, y Área en común con Nueve Metros(9 Mts) y Inferior con el Techo de la Planta Baja, locales A y B. APARTAMENTO B: Está constituido por Tres (3) habitaciones con baño interno y ventanas panorámicas, una (1) sala de star con ventana panorámica, un (1) comedor, una (1) cocina, techo tipo plafón con caída a dos (2) aguas, estructura de hierro con tubos estructurales de 100x100 de columna, en un área de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (54 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas NORTE: Calle vía Santa Rufina, con Seis Metros (6 Mts), SUR: Galpón anexo con Seis Metros (6 Mts), ESTE: Apartamento A, y Área en común con Nueve metros (9 Mts), OESTE: Casa de Carlos Espinoza con Nueve Metros (9 Mts) y Inferior con el Techo de la Planta Baja, locales C. Siendo el valor de las bienhechurías por la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES SOBERANOS (Bs. 100.000,00). Bienhechurías estas fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano RAMON IGNACIO GUERRA ARACAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 8.900.172. Se ordena devolver estas resultas al solicitante, quedando anotado el libro de solicitudes llevado por este Tribunal durante el año 2019, bajo el Nº 09-19.
LA JUEZA,
ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA
LA SECRETARIA
ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DIAZ
Se devolvió original de estas actuaciones al solicitante, quedando copia de la misma en el archivo de este Tribunal
LA SECRETARIA
ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DIAZ
IMAA/jl/db
Solicitud 09-19
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