San Fernando de Apure, 19 de enero del año 2.018.-
207° y 158°

SOLICITUD: 17-340
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: CARMEN WALDINA LANDAETA
FECHA DE ENTRADA: 19DE DICIEMBRE DEL AÑO 2.017

Vista la solicitud Nº 17-340, presentada por la ciudadana CARMEN WALDINA LANDAETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.152.681, respectivamente, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a la ciudadana CARMEN WALDINA LANDAETA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.152.681, sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad del MUNICIPIO SAN FERNANDO, según consta en la AUTORIZACIÓN suscrita por la ABG. MARÍA CAROLINA HERRERA LÓPEZ, Sindica Procuradora del Municipio Autónomo San Fernando, de fecha catorce (14) de diciembre del año 2.017, ubicado en el Municipio San Fernando, Parroquia San Fernando, Calle Colombia con calle en proyecto, Estado Apure, con una superficie de DOSCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (207,63 M2), con los siguientes linderos: NORTE: Casa que es o fue de Luisa Pérez, con diecisiete metros con cincuenta centímetros (17,50 mts); SUR: Calle Colombia que es su frente, con un metro con cincuenta centímetros, mas diecisiete metros con cincuenta centímetros (1,50+17,50 Mts); ESTE: Casa de los hermanos Landaeta, con once metros con cuarenta centímetros (11,40 Mts); y OESTE: Calle Caujarito, con once metros con cuarenta centímetros (11,40 Mts); y que ha construido una construcción que consisten en una (01) cocina empotrada, una (01) sala de estar, un (01) recibo, un (01) baño, un (01) lavandero, dos (02) habitaciones, paredes de bloques frisadas, piso de cemento pulido, ventanas y puertas de hierro, techo de acerolit y todos los servicios públicos. El costo de la construcción de las bienhechurías, la mano de obra y materiales fue por un costo total de TRES MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 3.000.000,00); bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal a favor de la ciudadana CARMEN WALDINA LANDAETA. Se ordena devolver las resultas a la solicitante.

El Juez;


ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN

La Secretaria Titular;


ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº_____, al folio (_____________) del Libro Diario.
La Secretaria Titular;


ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.




















SOLICITUD N° 17-340
FJP/MMAT/gv