San Fernando de Apure, 9 de Enero de 2018.-
207° y 158°

DEMANDANTE: MEXA EDUARDO GARRIDO GARCIA

DEMANDADO: ELIZANGEL NOHELI ROJAS TOVAR

MOTIVO: DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO

EXPEDIENTE: 17-382

SENTENCIA: DEFINITIVA

Recibido el presente libelo de la demanda constante de dos (02) folios útiles con sus recaudos anexos, en fecha 26 de Julio de 2.017; contentivo del DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, instaurado por los ciudadanos MEXA EDUARDO GARRIDO GARCIA y ELIZANGEL NOHELI ROJAS TOVAR.

En fecha 27 de Noviembre de 2.017, se le dio entrada al DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO, quedando anotado en el Libro de Causa bajo el Nº 17-382, así mismo se libro Boleta de Notificación a la ciudadana Fiscal Sexta del Ministerio Publico del Estado Apure. Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.

En fecha 17 de Noviembre de 2.017, comparece por ante este Tribunal, el ciudadano: JOSE ALEXANDER ESPINOZA GUTIERREZ, Alguacil Titular del mismo quien expone: Consigno en UN (01) folio útil Boleta de Notificación dirigida a la ciudadana: FISCAL SEXTA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO APURE, debidamente firmada, a los fines de informarle de la solicitud de DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO, cursante por ante este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
En fecha 17 de Noviembre de 2.017, en horas de Despacho este Juzgado deja constancia por medio de el Acta cursante del folio diez (10), consignada por el alguacil de este Tribunal, mediante la cual deja constancia de haber practicado la notificación de la presente demanda a la ciudadana Fiscal Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 17 de Noviembre de 2.017.

En fecha 23 de Noviembre de 2.017, comparece ante este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, La Fiscal Sexta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial Abogada CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLO, y expone: Vista la notificación recibida en este Despacho en fecha 17/11/2.017, se observa que los solicitantes: MEXA EDUARDO GARRIDO GARCIA y ELIZANGEL NOHELI ROJAS TOVAR, ha cumplido con todas y cada una de las exigencias establecidas en nuestro ordenamiento jurídico. En tal sentido, esta representación Fiscal, pasa a emitir OPINIÓN FAVORABLE para la disolución del Vinculo Conyugal, solicitado por la parte demandante.

En fecha 6 de Diciembre de 2.017, este Juzgado acuerda practicar el computo de los días de Despacho transcurridos desde el día siguiente a la notificación, del Ministerio Publico a los fines de determinar si está terminado el lapso que se le otorgo para que expusiera lo que creyeren conveniente en relación a la presente causa y así fijar el termino para dictar Sentencia Definitiva en el presente procedimiento. Así mismo se dicto Auto por cuanto se encuentra vencido el lapso para que el Ministerio Publico presentara las observaciones que creyera conveniente en el presente juicio, este Tribunal fija el decimosegundo (12) día de Despacho incluyendo al de hoy para dictar sentencia en la presente causa.

De la revisión exhaustiva al libelo de demanda por el motivo de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO instaurada por los ciudadanos MEXA EDUARDO GARRIDO GARCIA y ELIZANGEL NOHELI ROJAS TOVAR, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO ROSALES DIAZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 214.568. En este orden de ideas, es importante señalar que han sido reiteradas las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia con relación a los DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO de la decisión, en la Sentencia Nº 693, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J), de fecha 02-06-2.015, la cual riela en el expediente N° 12-1163, con ponencia de la Magistrada Dra. Carmen Zuleta Merchán, “caso María Cristina Santos Boavida Vs Francisco Anthony Correa Rampersad”.
DECISIÓN EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA.

Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos MEXA EDUARDO GARRIDO GARCIA y ELIZANGEL NOHELI ROJAS TOVAR, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO ROSALES DIAZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 214.568. Por ante el Registro Civil de la Parroquia el Recreo del Municipio San Fernando, del Estado Apure, según acta de matrimonio Nº 259, en Copia Certificadas.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.

Dada, firmada y sellada en Sala de Despacho de este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la ciudad de San Fernando de Apure, a las 10:00 a.m, del día nueve (09) de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2.018). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
El Juez;

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.
La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.

En esta misma fecha y hora se público, registro la anterior sentencia, y quedo en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
Expediente Nº 17-382.-
FJP/MMAT/af.-