REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 22 de enero de 2018.
207° y 158°.
Causa Nº 1Aa-3601-17.
JUEZ PONENTE: EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.

Corresponde a esta Alzada resolver con relación a la pretensión interpuesta en fecha 31-8-2017 por los Abgs. FREDERICK DIAZ y JACKSON CHOMPRE, Defensores de (IDENTIDAD OMITIDA), contra la decisión dictada el 23-8-2016, por la Juez 1° del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. ROSMERY TORRES, publicado el auto fundado el 24-8-2016, mediante el cual acordó mantener la orden de custodia en cárcel que afecta al adolescente antes mencionado, por la presunta comisión de cómplice en el delito de extorsión, previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica contra el Secuestro y la Extorsión, en concordancia con en el artículo 11 eiusdem. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

I
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

Cursa al folio 118 del presente cuaderno de incidencia, nota con fecha 19-1-2018, mediante la cual el Secretario de este Despacho, Abg. JOSE ANTONIO MENDEZ LAPREA, dejó escrito:

“… en el día de hoy 19-1-2018, siendo las 2:20 horas de la tarde, se trasladó la funcionaria adscrita a la Corte de Apelaciones MAYEDA AL HENNAOUI, al Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial del estado Apure, a fin de solicitar información acerca de la Causa Penal N° 1Aa-3601-17, llevado por esta Alzada (Expediente Nº 1U-189-17 en la nomenclatura del Tribunal de Primera Instancia), informando el Secretario CARLOS GAMBOA que el 18-12-2017 se decretó el sobreseimiento de la causa, otorgándosele al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA),… la libertad sin restricciones, en virtud de haber sido declarado con lugar las excepciones planteadas por los Abgs. JACKSON CHOMPRE y FREDERICK DIAZ, defensores del ciudadano antes mencionado, conforme al literal “i” del numeral 4 del artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el literal “b” y “c” del artículo 570 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes”.

De lo trascrito previo no hay duda en cuanto a la configuración en este caso de pérdida del interés procesal por parte del Recurrente, toda vez que decretado el sobreseimiento en el proceso seguido contra (IDENTIDAD OMITIDA), la controversia cedió ante la desaparición del gravamen denunciado, por lo que la Corte asume, que se debe declarar no ha lugar la pretensión interpuesta en fecha 31-8-2017 por los Abgs. FREDERICK DIAZ y JACKSON CHOMPRE, Defensores del ciudadano antes mencionado. Así se decide.

II
DISPOSITIVA

En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:

ÚNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta en fecha 31-8-2017 por los Abgs. FREDERICK DIAZ y JACKSON CHOMPRE, Defensores de (IDENTIDAD OMITIDA), contra la decisión dictada el 23-8-2016, por la Juez 1° del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. ROSMERY TORRES, publicado el auto fundado el 24-8-2016, mediante el cual acordó mantener la orden de custodia en cárcel que afecta al adolescente antes mencionado, por la presunta comisión de cómplice en el delito de extorsión, previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica contra el Secuestro y la Extorsión, en concordancia con en el artículo 11 eiusdem, toda vez que en fecha 18-12-2017 se decretó el sobreseimiento de la Causa instruida en su contra.

Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes, diarícese y remítanse las actuaciones al Despacho a cargo de la Juez 1ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Apure. Líbrese lo conducente.

JUEZ PRESIDENTE,


PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ
EL JUEZ SUPERIOR,


EDWIN ESPINOZA COLMENARES
EL JUEZ SUPERIOR (Ponente),


EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
EL SECRETARIO,


JOSE ANTONIO MENDEZ LAPREA


Causa Nº 1Aa-3601-17
PRSM/EEC/EMBL/JAML/Mayeda.