REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-


SAN FERNANDO DE APURE, 16 DE ENERO DEL 2018.
207° y 158°

Visto el escrito presentado en fecha 11-01-2018, por el Abogado: JOSE ALBERTO BOLIVAR KRUMINS, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de Identidad N° 20.232.327, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 242.463, actuando en este acto como Apoderado Judicial de la ciudadana: AMILCAR MONTENEGRO MAYAUDON, este tribunal lo ordena agregar a los autos, y por cuanto lo solicitado es procedente, este tribunal ordena: dejar sin efecto todas las actuaciones cursantes a los folios del 44 al 52, y del 59, 62, al 77 y se ordena REPONER la causa, al estado de Admitir nuevamente la presente demandada a los fines de que publique el EDICTO a cuantas personas tengan interés o se crean con derechos en este procedimiento, para que comparezcan ante este Tribunal a darse por citado en un término de SESENTA (60) días continuos siguiente a la publicación y consignación en autos que del presente EDICTO se haga, en horas de despacho de 8:30 a.m., a 3:30 p.m., de conformidad con lo establecido en el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil; a fin de exponer lo conducente el cual deberá ser publicado en el diario “VISION APUREÑA” y “ULTIMAS NOTICIAS”, copia del mismo será fijado en la CARTELERA y en la Puerta de este Tribunal; por lo menos durante SESENTA (60) días, dos (2) veces por semana, de conformidad con el Artículo 231, Ejusdem. Líbrense Edictos, haciéndose la salvedad de que no se dejan sin efectos los PODERES otorgados en la presente causa, por cada unas de las partes, líbrese Boletas de Emplazamiento y Edicto. Asimismo se ordena notificar al Fiscal Superior del Ministerio Publico.
LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. JEANNET AGUIRRE DELGADO.

LA SECRETARIA,


ABG. DALIS O. AGÜERO ROBAYO.

Seguidamente se cumplió lo ordenado.

LA SECRETARIA,


ABG. DALIS O. AGÜERO ROBAYO.