REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS

San Fernando de Apure, Siete (07) de Febrero de Dos Mil Dieciocho (2018).-

207º y 158º
SOLICITUD: SA-0823-18
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ANDRES JOSE CORREA MERMEJO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-17.200.172 domiciliado en la Agropecuaria “Doña Angélica” , sector El Caral II, Parroquia Peñalver, Municipio San Fernando del Estado Apure.-
ABOGADO ASISTENTE: MARCOS ELIAS GOITIA HERNANDEZ, venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 11.756.223, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 75.239.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Visto el Escrito de Solicitud de Titulo Supletorio, recibido en este despacho en fecha 24-01-2018, el cual es contentivo de Solicitud de Titulo Supletorio, suscrito por el ciudadano ANDRES JOSE CORREA MERMEJO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-17.200.172, debidamente asistido del Abogado MARCOS ELIAS GOITIA HERNANDEZ, venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 11.756.223, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 75.239, compuesto de Cuatro (04) Folios y anexos marcados con el Literal “A” a la “F” contentivo de Solicitud de Titulo Supletorio, seguido por el ciudadano antes identificado. Se ordenó darle entrada en el libro de Solicitudes de este Despacho quedando signado bajo el N SA-0823-18. Y vista la revisión de las actas procesales que componen la presente Solicitud Este Juzgador, observa. PRIMERO: de conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual establece lo siguiente:
“artículo 199. El procedimiento oral agrario comenzara por demanda oral, sin perjuicio que pueda ser interpuesta en forma escrita. En caso de demanda oral, el Juez o Jueza ordenara que sea reducida a escrito en forma de acta, para ser agregada al expediente contentivo de la causa y contendrá la identificación del demandante y del demandado, el objeto de la pretensión determinado con precisión, así como los motivos de hecho y los fundamentos de derecho en que se funda la demanda, con las pertinentes conclusiones. En caso de presentar oscuridad o ambigüedad el libelo de la demanda el Juez o Jueza de la causa apercibirá al actor para que dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes proceda a subsanar los defectos u omisiones que presente su libelo… omissis. (Cursivas y negrillas del Tribunal)
DISPOSITIVA
Son las razones por las cuales este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Este Tribunal apercibe a la parte solicitante ciudadano ANDRES JOSE CORREA MERMEJO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-17.200.172, para que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes al presente auto, consigne los requisitos faltantes a la solicitud presentada tales como Copias de las cedulas de Identidad de los Testigos, Constancias de Residencias del Solicitante y de los Testigos, Copia de la Cedula de Identidad y del Inpreabogado del abogado asistente. Con la advertencia que de no Consignarlos en el lapso indicado se negará la admisión de la misma de acuerdo a la aplicación analógica del artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Y así se establece.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado apure y del Municipio Arismendi del Estado Barinas, en san Fernando de apure a los Siete (07) días del Mes de Febrero del año Dos Mil dieciocho (2018) años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-

Abg. ANTONIO AAYSENN FRANCO TOVAR.
EL JUEZ PROVISORIO.-



Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO RODRIGUEZ.
El SECRETARIO TEMPORAL.-

En esta misma fecha, siendo las 2:00. p.m., se dicto y publico la anterior decisión para ser anexada al índice copiador de sentencias. Conste.-


Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO RODRIGUEZ.
El SECRETARIO TEMPORAL.-

AAFT/LAPR /emss.-
Sol Nº SA-0823-18