REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-


SAN FERNANDO DE APURE, 16 DE FEBRERO DEL 2018.
207° y 158°

De la revisión efectuada a las actas procesales este Tribunal pudo observar que se libraron las respectivas boletas de Emplazamiento juntos con el despacho de comision y se indico que los co-demandados en autos, se le dio el termino de distancia correctamente y se ordeno que los mismos tenían que comparecer a dar contestación a la demanda, a los (20) días de despachos, y se obvio indicar que el lapso de contestación comenzaría correr hasta tanto constara en auto el último de los emplazamientos de los co-demandados. En consecuencia este Juzgado en aras de mantener el debido proceso y la igualdad entre las partes, de conformidad con el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, se REPONE la causa al Estado de librar nuevamente las respectivas Boletas de emplazamientos a todos los Co-demandados, juntos con los respectivos despachos de comisiones dirigidos al Juez del JUZGADO DISTRIBUIDOR ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROMULO GALLEGOS DEL ESTADO APURE, y al JUZGADO DISTRIBUIDOR ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ACHAGUAS DEL ESTADO APURE, dejando sin efectos las actuaciones a partir del folio 54 hasta el presente auto, dejando a salvo el Poder Apud-Acta, consignado en fecha 07 de Febrero de 2018, cursante a los folios 71 al 72. De igual manera se DESIGNA como CORREO ESPECIAL, al Abogado: CARLOS LEON HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 10.622.070, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.236, para realizar la entrega del respectivo despacho de comision. Líbrese las respectivas boletas de Emplazamientos juntos con los respectivos despachos de comision.
LA JUEZ PROVISORIA,


ABG. JEANNET AGUIRRE DELGADO.


LA SECRETARIA,


ABG. DALIS O. AGÜERO ROBAYO.

Seguidamente se cumplió lo ordenado.

LA SECRETARIA,



ABG. DALIS O. AGÜERO ROBAYO.