Biruaca, 14 de Mayo de 2018
207° y 158°

De la revisión efectuada a las actas procesales que conforman la presente causa, se deja constancia de lo siguiente:
Al folio 61 del expediente, cursa acta levantada por este despacho a la representante legal en la presente causa ciudadana BLANCA LOVELIA RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.192.051, en la cual informó que su hijo beneficiario en la presenta causa ya es mayor de edad, está trabajando y no cursa estudio alguno, por lo que solicitó se extinga la presente causa por ultimo consignó la constancia de trabajo de su hijo.
En consecuencia, éste Tribunal del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDO el proceso de obligación de manutención, a favor del ciudadano JHONNY NEOMAR PEREZ, por haber alcanzado la mayoría de edad, y constar en autos su constancia de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Código Civil Vigente, en concordancia con el artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Archívese en su oportunidad legal.
LA JUEZA PROV.,
(FDO)
ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA

LA SECRETARIA TEMPORAL.

(FDO)
ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DÍAZ

Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede.


LA SECRETARIA TEMPORAL.

(FDO)
ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DÍAZ

IMAA/jl/jh
Exp. N° 857-06

Quien suscribe, ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DÍAZ, Secretaria temporal del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de un (01) folio útil es traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 857-06, Biruaca, 14 de Mayo del 2018

LA SECRETARIA TEMPORAL.



ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DÍAZ