REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 21 de Noviembre del año 2.018.

208° y 159°.

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana MILDRETH RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.903.701, de este domicilio, signada con el N° 2.018- 203; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías, las cuales se encuentran construidas en una superficie de terreno propiedad del Municipio San Fernando, según AUTORIZACIÓN emanada de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, SINDICATURA, en fecha 28 de Junio del año 2.018, suscrita por la ciudadana Abogado MARIA CAROLINA HERRERA LÓPEZ, en su condición de Síndico Procurador Municipal; constante de MIL DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTIMETROS (1002,38 M2), ubicado en la PARROQUIA EL RECREO II, LOS TOPOCHOS, dentro de los siguientes Linderos y medidas: NORTE: Galpón Comercial Recuplast, en Sesenta Metros con Diez Centímetros (60,10 Mts2); SUR: Iglesia Evangélica Mahanaian, en Cincuenta y Siete Metros con Setenta y Dos Centímetros (57,72 Mts2); ESTE: Galpón de mi propiedad, en Diecisiete Metros con Diez Centímetros (17,10 Mts2) y OESTE: Calle los Topochos, en Diecisiete Metros con Diez Centímetros (17,10 Mts2). Las mencionadas bienhechurías están constituidas por: un (1) galpón hecho con tubos de 120x120 y tubos de 200, techado con acerolit, piso rústico, dos (2) Oficinas internas techadas con losa cero, piso de cerámica, con un (1) Baño interno, dos (2) Baños externos adicionales con todos sus accesorios, un (1) Portón de ocho metros (8,00 mts) hecho de lámina de acero con tubos de 2x2 y tubos de 3 y ½, un (1) Cajetín de electricidad con instalaciones eléctricas internas de luz 110v y 220v, instalaciones de aguas blancas y aguas servidas; en las cuales han invertido la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES FUERTES (Bs. 20.000.000,00) fomentados a las únicas y propias expensas de la ciudadana MILDRETH RONDON, plenamente identificada en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas a la solicitante.-

El Juez,

Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON.
El Secretario,

Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.


En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de: ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.


El Secretario,


Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.






FJP/orcr/erasmo.-
SOL. N° 18- 203.-