REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 20 de Noviembre del año 2.018.
207° y 158°
SOLICITUD: 18-156
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ANA LIFE MARIÑO
FECHA DE ENTRADA: 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2.018
Vista la solicitud Nº 18-156, presentada por la ciudadana ANA LIFE MARIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.511.900, respectivamente, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a la ciudadana ANA LIFE MARIÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.511.900, sobre las bienhechurías levantadas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Biruaca, ubicado en el Sector Zenón, carretera Nacional Biruaca Achaguas, Jurisdicción del Municipio Biruaca, Estado Apure. La Parcela de terreno tiene una superficie de: TRESCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (380,00M2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa de Dennis Espinoza con (8,00 mts), SUR: Carretera Nacional Biruaca Achaguas con (10,50 mts) ESTE: Casa de Jose Torres, con (41,00 mts). OESTE: Casa Adela Herrera con (41,00 mts). Y las bienhechurias Tienen una superficie de construccion de OCHENTA METROS CUADRADOS (80,00M2) de estructura de concreto, bloque, friso liso, cubierta de acerolit y piso pulido, distribuido de la siguiente manera: dos (02) habitaciones, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) corredor, protectores de hierro y dos (02) puertas. Bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal a favor de la ciudadana ANA LIFE MARIÑO. Se ordena devolver las resultas a la solicitante.
La Jueza,
ABG. MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS.
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº_____, al folio (_____________) del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
SOLICITUD N° 18-156
MCUR/MMAT/Geraldine
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