REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 27 de Noviembre de 2.018
208° y 159°




SOLICITUD: 18-168
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE KENIA SULIMAR COLINA VALDEZ
FECHA DE ENTRADA: 03 DE NOVIEMBRE DE 2.018

Vista la solicitud Nº 18-168, presentada por la ciudadana KENIA SULIMAR COLINA VALDEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-12.584.553, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio BETHZAIDA SALAS inscrita en el I.P.S.A bajo el N°236.113, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a favor de la ciudadana KENIA SULIMAR COLINA VALDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.584.553, sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno, propiedad del MUNICIPIO SAN FERNANDO según consta en la Autorización expedida por la Sindica Procuradora Municipal Abg. MARIA CAROLINA HERRERA LOPEZ de fecha trece (13) de NOVIEMBRE del año 2018, construidas sobre una extensión de terreno constante de TREECIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (368,00 Mts2), que se encuentra alinderado de la siguiente forma: NORTE: Casa de Antonio Hernández con 23,00 MTS. SUR: Casa de Dorila Franco con 23,00 MTS, ESTE: Calle el Yagual con 16,00 MTS, OESTE: casa de Rafael Pérez con 16,00 MTS. Municipio San Fernando, Estado Apure; donde la ciudadana KENIA SULIMAR COLINA VALDEZ ha construido una bienhechuría de las características siguientes: un (01)galpón con dos (02)habitaciones, dos (02) baños, techo de zinc con estructura metálica, con tres (03)ventanas de hierro, tres (03) puertas Santa Maria y una (01) puerta principal de hierro, libre de todo gravamen. Construidos en un área de terreno constante de dieciséis (16 Mts.) de frente, por veintitrés (23 Mts) de fondo para un total de TRECIENTOS SESENTA Y OCHO(368) METROS CUADRADOS. En las cuales la ciudadana KENIA SULIMAR COLINA VALDEZ ha invertido la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BS (. 800.000) Bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal a favor de la ciudadana KENIA SULIMAR COLINA VALDEZ, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la solicitante.

Ls Juez,

ABG. MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS

La Secretaria Accidental;


ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de (_______) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº (_____) al folio (_________), del libro diario.
La Secretaria Accidental

ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ









Solicitud N° 18-168
MCUR/YVS/lg