CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE
San Fernando de Apure, 11 de Octubre del año 2018
208º y 159º
ASUNTO: JMS2-482-14
Visto el ingreso del Informe emanado del Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial de Protección, constante de un (01) folio útil, donde se evidencia que los Integrantes del mencionado Equipo Multidisciplinario de este Circuito, pudieron apreciar que la dinámica familiar donde se desenvuelve la Adolescente (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), nacida en fecha 05/07/2005, según Acta N° 2.387. Año: 2005, presentada por ante el Registro Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, es la siguiente: La referida Adolescente se encuentra bajo los cuidados y atenciones de la ciudadana MARIA JOSE ROJAS CASTRO, desde hace trece (13) años y desde el 30 de Octubre de 2014, bajo medida de Colocación Familiar en Familia Sustituta. Durante la entrevista se pudo apreciar vínculos afectivos favorables entre la Demandante y la Adolescente y el grupo familiar. La ciudadana MARIA JOSE ROJAS CASTRO se ha mostrado preocupada y diligente ante las demandas de la misma. Se percibió adecuada distribución de roles, como implementación de normas y limites que han permitido la interacción efectiva de la Adolescente y demás familiares. La misma cursa 2da año de bachillerato y entre del proyecto de vida del núcleo familiar es mudarse el año que viene al país de Argentina.
Ahora bien, esta determinado en autos que están dadas las condiciones favorables para que la Adolescente (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), continúen en el hogar de la ciudadana MARIA JOSE ROJAS CASTRO, y de igual condición sigan las visitas de seguimiento dando fiel cumplimiento con el artículo 401-B de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA la Medida COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA, a favor de la Adolescente (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), bajo la responsabilidad de la ciudadana MARIA JOSE ROJAS CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad de identidad Nro. V- 11.753.600, en los mismos términos establecidos en la Sentencia dictada por el Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial en fecha 30 de Octubre de 2014, hasta tanto sea reintegrada a su familia de origen de conformidad con lo establecido en los Artículos 394, 395, 396 y 397-C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como también este Tribunal continua con el seguimiento en un lapso no menor de seis (06) meses, realizado a la Adolescente que nos ocupa.- Cúmplase.-
Expídase a ambas partes copias fotostáticas certificadas del presente auto.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, San Fernando, a los once (11) días del mes de Octubre del año Dos Mil Dieciocho (2018). Años 208º de la Independencia y 159º de la Federación.-
El Juez Prov.,
Dr. JULIO ELIAS SUAREZ MARTINEZ
La Secretaria Temporal,
Abg. CELENNE FALCON YBAÑEZ
En esta misma fecha se publicó la presente Sentencia, previo anuncio de Ley.-
La Secretaria Temporal,
Abg. CELENNE FALCON YBAÑEZ
JESM/CFY/miglays.
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