REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 5 de septiembre de 2018.
208° y 159°.
CAUSA Nº 1As-3653-17.
JUEZ PONENTE: EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.

Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta el 12-7-2018 por el Abg. JAIME DARIO MENDEZ GARCIA, Defensor de SERGIO LUIS OJEDA, contra la decisión dictada el 22-2-2016, publicado su texto íntegro el 16-7-2016, por el Juez 1° del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure de la Extensión Guasdualito, Abg. MIGUEL PADILLA BAZO, mediante la cual condenó al ciudadano antes mencionado, como responsable de la comisión del delito de tráfico ilícito de municiones, previsto en el artículo 124 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión con sustento en los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal.

Se acuerda fijar para el día 12-9-2018 a las 2:30 p.m., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Cítese a las partes. CUMPLASE.

JUEZ PRESIDENTE (Ponente),

EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
JUEZ SUPERIOR,

JOSE LUIS SANCHEZ RODRIGUEZ

JUEZ SUPERIOR,

PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ
EL SECRETARIO,

JOSE ANTONIO MENDEZ LAPREA

EMBL/JLSR/PRSM/JAML/Mayeda
1As-3653-17