REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE


San Fernando de Apure, 23 de Abril de 2019
209° y 160°

Causa Nº 1Aa-3796-19
JUEZ PONENTE: PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ

Corresponde a esta Alzada resolver la pretensión interpuesta el 14-1-2019 por la Abg. NERYS COROMOTO FLORES APONTE, Fiscal Provisorio 20ª del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, contra la decisión mediante la cual el 21-12-2018, el Juez 1º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. CARLOS ALBERTO JAIME, declaró con lugar la solicitud realizada por las Abgs. CARMEN LUCIA RUMBOS y ADELA CAMACHO, respecto a la revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad, decretada en contra de KEIDY MARIANNY MORENO CASTILLO, por la medida cautelar de detención domiciliaria, prevista en el numeral 1 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

I
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR


Cursa al folio 145 del presente Cuaderno de Incidencia, nota secretarial con fecha 19 de Febrero de 2019, mediante la cual la Abogada JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS, dejó escrito:

“…el día de hoy 23 de Abril del 2019, siendo las 10:25 a.m., la funcionaria MILAGROS KATERINE PALMERA ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.292.051, se trasladó hasta la sede del Tribunal 2° de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los fines de solicitar información referente al Asunto Nº 1Aa-3796-19 (nomenclatura de esta Alzada), sosteniendo comunicación con la Secretaria, MARIANA PEÑA, titular de Cédula de Identidad Nº V- 19.601.071, quien le informó que el 14 de Marzo de 2019 se revocó la medida cautelar consistente en arresto domiciliario concedida a KEIDY MARIANNY MORENO CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.006.379 por cuanto cesó el motivo por el cual se había concedido y se ordenó su reclusión nuevamente en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación San Fernando estado Apure…”

De lo trascrito previo no hay duda en cuanto a la configuración en este caso de pérdida de interés procesal por parte de la Recurrente, toda vez que decretada la revocación de la medida concedida a la imputada y una vez ordenada su reclusión en el organismo de seguridad, quedaron satifeschas las pretensiones de la Fiscal, por lo que la Corte asume, que se debe declarar no ha lugar la pretensión interpuesta el 14-1-2019 por la Abg. NERYS COROMOTO FLORES APONTE, Fiscal Provisorio 20ª del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. ASÍ SE DECIDE.

II
DISPOSITIVA


En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:

ÚNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta el 14-1-2019 por la Abg. NERYS COROMOTO FLORES APONTE, Fiscal Provisorio 20ª del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, contra la decisión mediante la cual el 21-12-2018, el Juez 1º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. CARLOS ALBERTO JAIME, declaró con lugar la solicitud realizada por las Abgs. CARMEN LUCIA RUMBOS y ADELA CAMACHO, respecto a la revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad, decretada en contra de KEIDY MARIANNY MORENO CASTILLO, por la medida cautelar de detención domiciliaria, prevista en el numeral 1 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el 14 de Marzo de 2019 se revocó la medida concedida a la antes mencionada y se ordenó su reclusión en el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación San Fernando estado Apure.

Publíquese, regístrese, diarícese y remítase la presente causa al Tribunal de origen en el lapso de Ley.

JUEZ PRESIDENTE,


EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
EL JUEZ (Ponente),


PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ

EL JUEZ,


JOSE LUIS SANCHEZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA,


JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS

Causa Nº 1Aa-3796-19
EMBL/PRSM/JLSR/JCUR.