REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 05 de Diciembre de 2.019.
209º y 160º.
SOLICITUD: 19-114.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
MATERIA: CIVIL.
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO.
SOLICITANTE: ALBA COROMOTO LEON HERNANDEZ.
FECHA DE ENTRADA 21 DE NOVIEMBRE DE 2019.
Vista la Solicitud Nº 19-114, presentada por la ciudadana ALBA COROMOTO LEON HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad V-11.754.950, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente de unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de Propiedad del Municipio Biruaca, según se evidencia en la Cedula Catastral N°150/03/2019, de fecha 14/11/2019, ubicado en el SECTOR Euclides Parra, MUNICIPIO BIRUACA, ESTADO APURE, constante de una superficie de terreno de TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CON DOCE CENTÍMETROS (349,12MTS2),cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: 2da Calle del Sector Euclides Parra, con (16,60Mts), SUR: Nacary Duran con (18,40Mts), ESTE: Milda Linares con (20,30Mts), y OESTE: con Raquel Betancourt con (19,60Mts),que ha construido a sus solas expensas y con dinero de su propio peculio, constante de una estructura de Concreto, Metálica; Paredes de Bloque, Friso Pulido, Piso Rustico; Protectores y Portones de Hierro; techo de Acerolit-Zinc, distribuido de la siguiente manera: dos habitaciones, sala comedor, cocina y un baño, teniendo para estas un valor para cuando fueron construidas, de CINCO MILLONES DE BOLIVARES SOBERANOS EXACTOS (Bs.S 5.000.000,00),donde nada debe por este concepto. Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante éste Tribunal, a favor de la ciudadana ALBA COROMOTO LEON HERNANDEZ, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
La Juez,
ABG. MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS.
La Secretaria Titular,
ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio ,del libro diario.
La Secretaria Titular,
ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
SOLICITUD N°. 19-114
MCUR/MMAT/luisana.
|