REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 21 de Enero del año 2.019.-
208° y 159°
SOLICITUD: 19-05
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: XAVIER VICENTE COLINA SILVA
FECHA DE ENTRADA: 14 DE ENERO0 DEL AÑO 2.019
Vista la solicitud Nº 19-05, presentada por el ciudadano XAVIER VICENTE COLINA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.607.603, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, al ciudadano XAVIER VICENTE COLINA SILVA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.607.603, sobre las bienhechurías levantadas en un terreno de propiedad Municipal Según Autorización Emitido Por la Sindicatura del Municipio San Fernando del Estado Apure en fecha 12-12-2018 y cedula catastral Nº 009297, cuya Ubicación y linderos son los siguientes: NORTE: Calle Dividive, en (11,56MTS), SUR: Familia Laya en (11,56 MTS), ESTE: Señor Rafael Sanchez, en (20,50 MTS), OESTE: Vereda Comunal en (20,05 MTS) y constante de (228,16 M2) ubicado en “La Parroquia San Fernando, Barrio San Jose Con Calla Dividivi, S-N”;dicha construccion consta de una (01) casa de mampostería de 96,80 M2 de construccion, techo de Zen Zen, Piso de Cemento Pulido, Tres (03) habitaciones, un (01) baño, un (01) lavandero, una (01) cocina, una (01) sala de comedor, una (01) sala de estar, toda la casa con la cerca perimetral de bloque y rejas de portón, paredes de bloque, frisadas, mezclilladas y pintadas, puertas y ventanas de hierro, toda agua y luz. Invirtiéndose en la construccion antes indicada la suma de Trescientos Mil Bolívares Soberanos (BS. 300.000,00) Los cuales están totalmente pagados; bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal a favor del ciudadano XAVIER VICENTE COLINA SILVA. Se ordena devolver las resultas a la solicitante.
La Juez;
ABG. MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº_____, al folio (_____________) del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
SOLICITUD N° 19-05
MCUR/MMAT/geraldine
|