REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 18 de Enero de 2018.
208° y 159°.
CAUSA Nº 1As-3795-19
JUEZ PONENTE: EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.
Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de la pretensión bajo la modalidad de efecto suspensivo interpuesta el 22-10-2018 por el Abg. RONALD FLORES, Fiscal 12º del Ministerio Público; y las pretensiones interpuestas el 8-11-2018 por los Abgs. CARLOS ERNESTO GARAY DIAZ y JOEL OSWALDO ANGARITA CONTRERAS; y el 5-12-2018 por la Abg. CARMEN PIERINA LOGGIODICE ROSALES, todos Defensores de LUIS GERARDO CONTRERAS PEREZ, contra la decisión dictada el 30-7-2018, publicado su texto íntegro el 5-10-2018, por la Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure de la Extensión Guasdualito, Abg. XIOMARA LISSETT PEÑA RODRIGUEZ, mediante la cual absolvió al ciudadano GILDARDO MORA SANTIAGO de la comisión de los delitos de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas con la circunstancia agravante contenida en el numeral 3 del artículo 163 eiusdem, y asociación, tipificado en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; y condenó al ciudadano LUIS GERARDO CONTRERAS PEREZ, por la comisión de los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en la modalidad de ocultamiento, previsto en el encabezado del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admiten las pretensiones de conformidad con el artículo 447 eiusdem, con sustento en los numerales 2 y 3 del artículo 444 ibídem.
Se acuerda fijar para el día 29-1-2019 a las 3:00 p.m., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Cítese a las partes. CUMPLASE.
JUEZ PRESIDENTE (Ponente),
EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
JUEZ SUPERIOR ,
PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ
JUEZ SUPERIOR,
JOSE LUIS SANCHEZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA,
JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS.
EMBL/PRSM/JLSR/JCUR/Mayeda.-
1As-3795-19