REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO APURE
SOLICITUD: 2.019-12
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: FAMILIA
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS CARMEN BRISTELA MONTILLA DE ASCANIO.
SOLICITANTE: FRANQUI ALEISE CELIS CAICEDO y OTROS
FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 21 DE ENERO DE 2019
Vista la anterior solicitud, presentada por el ciudadano FRANQUI ALEISE CELIS CAICEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°s. V-9.870.315, y domiciliado en esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, actuando en su propio nombre y de sus hermanos CARLOS MANUEL CAICEDO, NANCYS JOSEFINA CAICEDO, OMAR ANDRES CELIS CAICEDO, BELKYS ONEIDA CELIS CAICEDO, CARMEN SULEIMA CELIS CAICEDO, WUILLIAN RAMON CELIS CAICEDO, y JOSE RAFAEL CELIS CAICEDO (Difunto), venezolanos, mayores de edad, titulares de cedulas de identidad Nºros. V-8.197.388, Nº V-9.591.616, V-9.870.314, V-11.760.199, V-12.323.188, V-12.323.190 y Nº V-11.760.198, respectivamente, todos domiciliados en esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, debidamente asistidos por el Abogado CARLOS ENRIQUE ROJAS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.905, quienes han solicitado ante este Tribunal, se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus TIRSA BEATRIZ CAICEDO DE CELIS, quien fue venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 8.159.426, domiciliada en la CALLE Queseras del Medio, casa Nº 50, del Municipio San Fernando, estado Apure, fallecido Ab-Intestato en el Hospital Pablo Acosta Ortiz, de San Fernando de Apure, Estado Apure, a los 75 años de edad, el día 02 de Febrero del año 2018, a las 08:40 a.m.. Oídas las declaraciones de los ciudadanos LARA WIOSKAR EDUARDO y AGLY JOSSE MORALES DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. V-16.975.131 y V-9.590.154, respectivamente, y de este domicilio; quienes declararon que si los conozco suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace mucho tiempo, si lo se y me consta que es así, si lo se y me consta que es así.
DISPOSITIVA:
Finalmente este Juzgador considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, de las copias de las Cédulas de Identidad, Acta de Defunción marcada con la letra “A”, y Partidas de Nacimientos, marcadas con las letras “B”, ”C”, ”D”, ”E”, ”F”, ”G”, ”H”, ”I”, “J”, “K”, “L” y “M”, acompañadas a la Solicitud, y visto el cómputo practicado por secretaría, cursante al folio veintiocho (28), en el cual se evidencia que transcurrieron los tres (03) días de despacho sin que haya comparecido persona alguna que se crea con derecho o tenga interés con lo relacionado en la presente solicitud, sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS los ciudadanos FRANQUI ALEISE CELIS CAICEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°s. V-9.870.315, y domiciliado en esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, actuando en su propio nombre y de sus hermanos CARLOS MANUEL CAICEDO, NANCYS JOSEFINA CAICEDO, OMAR ANDRES CELIS CAICEDO, BELKYS ONEIDA CELIS CAICEDO, CARMEN SULEIMA CELIS CAICEDO, WUILLIAN RAMON CELIS CAICEDO, y JOSE RAFAEL CELIS CAICEDO (Difunto), venezolanos, mayores de edad, titulares de cedulas de identidad Nºros. V-8.197.388, Nº V-9.591.616, V-9.870.314, V-11.760.199, V-12.323.188, V-12.323.190 y Nº V-11.760.198, respectivamente, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos FRANQUI ALEISE CELIS CAICEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°s. V-9.870.315, y domiciliado en esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, actuando en su propio nombre y de sus hermanos CARLOS MANUEL CAICEDO, NANCYS JOSEFINA CAICEDO, OMAR ANDRES CELIS CAICEDO, BELKYS ONEIDA CELIS CAICEDO, CARMEN SULEIMA CELIS CAICEDO, WUILLIAN RAMON CELIS CAICEDO, y JOSE RAFAEL CELIS CAICEDO (Difunto), venezolanos, mayores de edad, titulares de cedulas de identidad Nºros. V-8.197.388, Nº V-9.591.616, V-9.870.314, V-11.760.199, V-12.323.188, V-12.323.190 y Nº V-11.760.198, respectivamente, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus TIRSA BEATRIZ CAICEDO DE CELIS, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Dieciocho (18) días del mes de Febrero del año dos mil diecinueve (2019). Años 208º de la Independencia y 159º de la federación.
El Juez,
Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON
El Secretario.,
Abog. ORLANDO CORDOBA
Seguidamente se devolvieron las presentes actuaciones al solicitante constantes de ( ) Folios útiles. En la misma fecha, siendo las ( ) se publicó y registró esta Sentencia quedando anotada en el punto Nº folio del Libro Diario.
El Secretario.,
Abog. ORLANDO CORDOBA.
(2017). Años 206º d VALERA MILANO
Fjp/orcr/jcm
Sol. N° 19-12.-
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