REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES ACCIDENTAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 15 de Febrero de 2019
208° y 159°

CAUSA Nº 1As-3793-19
JUEZA PONENTE: SARA HAIDES BETANCOURT GUTIERREZ


Corresponde a esta Alzada resolver sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta bajo la modalidad de efecto suspensivo el 17-12-2018 por el Abg. OSCAR OSWALDO CASTELLANO MORENO, Fiscal 15° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, contra la decisión dictada el 19-11-2018 por la Juez 1ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. JESSICA GONZALEZ OJEDA, publicado su texto íntegro el 3-12-2018, mediante la cual absolvió a GENESIS EDUVIGE MENDOZA LOPEZ y DELFA MARILYN SILVA BRAVO, de la comisión de los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en la modalidad de transporte como cooperadora inmediata, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, y asociación, tipificado en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; y a ALBERTO ELIAS GARCIA BARRIOS, CARLOS ARMANDO GARCIA BARRIOS y WILMER ANTONIO RIOS GARCIA, por los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en la modalidad de ocultamiento como perpetradores, establecido en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, asociación, sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, y posesión ilícita de arma de fuego, señalado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. La Corte Accidental pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el artículo 447 eiusdem, con fundamento en el numeral 2 del artículo 444 ibídem.

Se acuerda fijar para el día 28-2-2019, a las 2:30 p.m., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Cítese a las partes. Cúmplase.

JUEZ PRESIDENTE,


EDWIN MANUEL BLANCO LIMA

LA JUEZ (Ponente),


SARA HAIDES BETANCOURT GUTIERREZ


EL JUEZ,


JOSE LUIS SANCHEZ RODRIGUEZ


LA SECRETARIA,


JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS




EMBL/SHBG/JLSR/JCUR.
Causa Nº 1As-3793-19