REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE


San Fernando de Apure, 28 de junio 2019.-

207° y 158°

Vista la Solicitud Nº 18-241, presentada por el ciudadano BERMUDEZ RUIZ YOSNEL EMILIO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-15.683.829, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conforme, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Autorización expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio San Fernando del estado Apure de fecha 13 de noviembre del año 2018; dicho terreno consta de CATORCE METROS CON VEINTINUEVE CENTIMETROS (14,29 Mts2); ubicado en la parroquia Peñalver, Arichuna, C/Bicentenario C/Callejon B/Central Arichuna, dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Bicentenario (4,32 Mts); SUR: Terreno de Oliva Ruiz (4,32 Mts); ESTE: Construcción de Oliva Ruiz (3,31 Mts); y OESTE: Callejón de entrada (3,31 Mts); las cuales ha construido con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas, unas bienhechurías consistentes de la siguiente manera: Primer Nivel: Techo de Platabanda Segundo Nivel Techo de zinc, su altura global es de cinco metros, con treinta y nueve centímetros (5:39 mts) ambas. Área de construcción: V-2: catorce metros, con veintinueve centímetros, V-3: Catorce metros, con veintinueve centímetros (V-2 14:29 mts2 - V-3 14:29 mts2) Escala: 1:200. Primer Nivel, sus medidas son: Cuatro metros, con treinta y dos centímetros, por tres metros, con treinta y un centímetro cuadrados (4:32x3:31 mts 2) con piso de cemento revestido con cerámica nacional, paredes revestidas con lajas, dos (02) ventanas de hierro forjado, dos (02) protectores de hierro forjado, una (01) puerta de hierro forjado su estructura de concreto es de R= 210 kg/cm2. Segundo Nivel: sus medidas son: cuatro metros con treinta y dos centímetros, por tres metros con treinta y un centímetro cuadrado (4:32x 3:31 mts), escalera vista al Oeste, piso de cemento revestido con cerámica nacional, paredes revestidas con lajas externa, tres (03) ventanas de hiero forjado, tres (03) protectores de hierro forjado, una (01) puerta de hierro forjado, su estructura es de concreto, su R=210kg/cm2. Levantada sobre un lote de terreno propiedad de la Alcaldía, Autónomo del Municipio San Fernando, estado Apure, sobre las cuales ha invertido la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES SOBERANOS (Bs. 7.000,00 Bs.s) representados en materiales de construcción y mano de obra. Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano BERMUDEZ RUIZ YOSNEL EMILIO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-15.683.829. Se ordena devolver estas resultas a la parte solicitante.

El Juez,

Abog. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.-

El Secretario,
Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.


El Secretario,
Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.






FJP/ORCR/Roxana.-
Solicitud 18-241