REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, Diez (10) de Mayo del año (2019)
209º y 160º
Siendo la 1:00 pm del día de hoy, hora tope para despachar, en virtud de lo ordenado por la Coordinación Nacional Agraria en atención al plan de administración de cargas eléctricas decretado por el Ejecutivo Nacional, se observa el vencimiento del lapso para que la parte actora CARLOS ANIBAL HENRIQUEZ GONZALEZ, plenamente identificado en autos, manifieste si conviene o si contradice la cuestión previa opuesta en la contestación de la demanda, relativa al ordinal 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 206 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, presentada por la parte demandada a través de sus apoderados judiciales Abogados VICTOR ALTUNA GARCIA Y GUSNER ALVARADO, en la presente causa signada con el N° A-0366-18 de la nomenclatura de éste Tribunal, y visto que la parte actora antes nombrada no compareció ni por si ni mediante apoderado judicial a convenir o contradecir la cuestión previa opuesta, así se hace constar de conformidad con el artículo 351 del Código de Procedimiento Civil y 209 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Y ASÍ SE HACE CONSTAR.
EL JUEZ PROVISORIO.-
Abg. ANTONIO AAYSENN FRANCO TOVAR.
EL SECRETARIO.-
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO RODRIGUEZ
AAFT/LAPR/.anlm
Exp. N° A-0366-18.