REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, Veintiuno (21) de Mayo del 2019
209º y 160º
Visto el anterior escrito recibido en este Despacho en fecha 15/05/2019, el cual es contentivo de SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, suscrito por el ciudadano ELIO SALOMON CAMEJO, titular de la cedula de identidad Nroº V-14.218.491, asistido del Abogado ROSA ANABET HURTADO CAMEJO, Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 18.015.366 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro° 138.995, Constante de Tres (03) folios útiles y folios útiles anexos en copias presentadas a efectos videndi para su devolución previa certificación en autos, mediante el cual solicita a este Juzgado TITULO SUPLETORIO, se ordena darle entrada y el curso de Ley correspondiente y por cuanto se observa que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley, se ADMITE cuanto a lugar en derecho. Se ordena oficiar a la Coordinación General de la Oficina Regional de Tierras del Estado Apure (ORT- Apure) a los fines de que se sirvan de informar el status del mismo, concediéndole un lapso de Tres (03) días siguiente al recibo del oficio correspondiente para la consignación de la información solicitada. Líbrese oficio
Abg. ANTONIO AAYSENN FRANCO TOVAR.
JUEZ PROVISORIO.-
Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO RODRIGUEZ.
SECRETARIO
En la misma fecha se le dio entrada en el Libro de Solicitudes bajo el Nº SA-0960-19 y se libra oficio Nro 2019-0169 a la Coordinación General de la Oficina Regional de Tierras del Estado Apure (ORT- Apure) .Conste.-
Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO RODRIGUEZ.
SECRETARIO
AAFT/LAPR/emss.-
SOL. N° SA-0960-19
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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, Veintiuno (21) de Mayo del 2019
209º y 160º
Nº 2019-0169
Ciudadano:
Coordinador de la Oficina Regional de Tierras (ORT APURE).
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a usted; muy respetuosamente en la oportunidad de enviarle un cordial saludo; haciéndolo extensivo a todo el equipo de trabajo que le acompaña. La presente cumple con la finalidad de Solicitarle sirvan de informar el status correspondiente al Titulo de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario Nro 43317015RAT0006270, perteneciente a un lote de terreno denominado “GUARATARITO ” ubicado en el Sector Guaratarito, Parroquia Queseras del Medio, Municipio Achaguas del Estado Apure a favor del Ciudadano: ELIO SALOMON CAMEJO, titular de la cedula de identidad Nroº V-14.218.491, constante de DOSCIENTAS HECTÁREAS CON DOS MIL SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (200 Has con 2069 M2 ) Otorgándole Tres (03) días siguientes al recibo del oficio para la consignación de la Información Solicitada.
Sin más a que hacer referencia se despide de usted Atentamente,
DIOS Y FEDERACIÓN
ABG. ANTONIO AAYSENN FRANCO TOVAR
JUEZ PROVISORIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
“El Ejercicio de la Justicia es el Ejercicio de la Libertad”
AAFT/LAPR /emss
Sol. N° SA-0960-19
_______________________________________________________________
DIRECCION: Calle Madariaga, Edificio Minicucci, Piso 2., al lado de la Catedral, San Fernando de Apure, Estado Apure Telf.: 0247-3427464.-
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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, Veintiuno (21) de Mayo del 2019
209º y 160º
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO RODRIGUEZ., Secretario del Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que las presentes copias Fotostáticas del Documento de Solicitud de Titulo Supletorio del Ciudadano: ELIO SALOMON CAMEJO, titular de la cedula de identidad Nroº V-14.218.491, constante de Tres (03) Folios útiles y Dieciséis (16) folios anexos , fue presentado a EFECTOS VIDENDI ante el funcionario que suscribe cuya devolución del original se hace previa certificación en autos.-Doy fe de la exactitud de las presentes copias las cuales expido de orden de este Tribunal de conformidad con el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la Ley de Sellos. Las mismas fueron devueltas al ciudadano antes identificado. En San Fernando de Apure, a los Veintiuno (21) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecinueve. AÑOS: 209° de la Independencia y 160° de la Federación.-
EL SECRETARIO,
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO RODRIGUEZ.
AAFT/lapr.-