REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 30 de Mayo de 2019.
208° y 159°
SOLICITUD: 19-36
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DE LA DECUJUS
SOLICITANTE: MARIA CRISTINA PAEZ GONZALEZ
FECHA DE ENTRADA 30 DE NOVIEMBRE DE 2017
Vista la anterior Solicitud, presentada por la ciudadana MARIA CRISTINA PAEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad V-4.139.550, debidamente, asistida por la Abogada en ejercicio legal ciudadana NORA DE JESUS GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°129.122, de este domicilio, quien ha solicito se le declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la Decujus: RAMON DE JESUS GONZALEZ, quien fue venezolana, titular de la cédula de Identidad V-2.230.593, falleció Ab-Intestato, en la ciudad de San Fernando, Jurisdicción del Municipio San Fernando del Estado Apure Y oídas las declaraciones de los ciudadanos LUGO SILVA BELKIS MARINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-7.885.978, y BERMUDEZ QUIÑONEZ PEDRO LUIS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-7.186.513, de este domicilio; quienes declararon que si conocieron al Decujus que en vida se llamara RAMON DE JESUS GONZALEZ ; que sí saben y les consta que los ciudadanos MARIA CRISTINA PAEZ GONZALEZ, JIMMY RAMON GONZALEZ DOMINGUEZ, YENNI DEL CORAL GONZALEZ PAEZ, YUMARY JOSEFINA GONZALEZ PAEZ, RAMON IGNACIO GONZALEZ DOMINGUEZ, YOLET MARIA GONZALES PAEZ, YURAIMA CRISTINA GONZALEZ PAEZ, PEDRO RAMON GONZALEZ PAEZ, RAMON WILFREDO GONZALEZ HERNANDEZ, RAMON ALBERTO GONZALEZ SOLORZANO, ROSANA YAIMILYT GONZALEZ BETANCOURT, es la UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de el Decujus RAMON DE JESUS GONZALEZ
D I S P O S I T I V A
Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con la copia certificada del Acta de Defunción, de las Actas de Nacimiento, y las copias de la cedulas de los hijos, con la nomenclatura del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de esta Circunscripción Judicial por cuanto en estas actuaciones sólo aparece como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, los ciudadanos MARIA CRISTINA PAEZ GONZALEZ, MARIA CRISTINA PAEZ GONZALEZ, JIMMY RAMON GONZALEZ DOMINGUEZ, YENNI DEL CORAL GONZALEZ PAEZ, YUMARY JOSEFINA GONZALEZ PAEZ, RAMON IGNACIO GONZALEZ DOMINGUEZ, YOLET MARIA GONZALES PAEZ, YURAIMA CRISTINA GONZALEZ PAEZ, PEDRO RAMON GONZALEZ PAEZ, RAMON WILFREDO GONZALEZ HERNANDEZ, RAMON ALBERTO GONZALEZ SOLORZANO, ROSANA YAIMILYT GONZALEZ BETANCOUR es la hija de la Decujus RAMON DE JESUS GONZALEZ, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos MARIA CRISTINA PAEZ GONZALEZ, MARIA CRISTINA PAEZ GONZALEZ, JIMMY RAMON GONZALEZ DOMINGUEZ, YENNI DEL CORAL GONZALEZ PAEZ, YUMARY JOSEFINA GONZALEZ PAEZ, RAMON IGNACIO GONZALEZ DOMINGUEZ, YOLET MARIA GONZALES PAEZ, YURAIMA CRISTINA GONZALEZ PAEZ, PEDRO RAMON GONZALEZ PAEZ, RAMON WILFREDO GONZALEZ HERNANDEZ, RAMON ALBERTO GONZALEZ SOLORZANO, ROSANA YAIMILYT GONZALEZ BETANCOUR es la hija de la Decujus RAMON DE JESUS GONZALEZ, de este domicilio, en su condición de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la Decujus RAMON DE JESUS GONZALEZ, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 10:00 a.m., del día (30) del mes de Mayo de Dos Mil Diecinueve (2.019). Años 209º de la Independencia y 160º de la federación.
La Juez;
Abg. MILVIDA CABELLIS UTRERA R.
La Secretaria Accidental;
Abg. YUDIT SANCHEZ.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N° , al folio ( ), del Libro Diario.
La Secretaria Accidental;
Abg. YUDIT SANCHEZ.
Solicitud N° 19-36
MCUR/MMAT/jose.
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